VI.- PROCESO PENAL. Comparativo Modus Operandi

En el año de 1992, Ignacio Ramírez reportero de la Revista "Proceso" (http://www.proceso.com.mx/159719/en-el-caso-de-las-violaciones-de-tlalpan-un-proceso-entrampado), reseñaba

 

"Defensa: El 30 de julio de 1990 fueron consignados al Juzgado 53 de lo Penal Mario Alberto Ballardo Hernández, “El Comandante”; Humberto García Albores, “El Jarocho”; Guillermo Hernández Hernández, “El Memo”; Adalberto Soriano Garay, “El Oaxaco”; Armando Sosa Velázquez, “El Ojitos”, y Efraín Hernández Ortiz, “El Zorro”, éste último prófugo —excepto Ballardo Hernández, los demás eran policías preventivos adscritos a la Secretaría de Protección y Vialidad—, como responsables de los delitos de robo calificado, privación ilegal de la libertad, asociación delictuosa, usurpación de funciones, violación tumultuaria y peligro de contagio

Se pudo comprobar, entre otras cosas, que existió el mismo modus operandi que los procesados en el Juzgado 18 de lo Penal Corresponden también las mismas filiaciones, los mismos apodos, los mismos vehículos, los mismos lugares donde se llevaron a cabo los ataques, que los victimarios se ostentaban como agentes de la Policía Judicial del Distrito Federal y de la Policía Judicial Federal y que comenzaron a violar desde principios de marzo de 1989
Después de la consignación de los miembros de la escolta de Coello Trejo, según informes de la propia PGJDF, ocurrieron 52 violaciones más
MP: Aunque existieron coincidencias en algunos puntos en cuanto al modus operandi de los ya sentenciados del Juzgado 53 de lo Penal con los procesados del Juzgado 18 de lo Penal, también hay varias diferencias: Las víctimas eran llevadas a la casa de Humberto García Albores, “El Jarocho”, en la Segunda Cerrada de Pirules No 1 Manzana 13, colonia Insurgentes Iztapalapa, donde violaban a las mujeres en una cama y no en el asiento trasero del vehículo que abordaban; los vehículos de las víctimas eran desvalijados, cosa que no hicieron los otros; no corresponden los mismos apodos —sólo coincide uno, “El Comandante”, común entre policías, más aún cuando van acompañados por uno de sus jefes— ni las medias filiaciones, pues en la confrontación que se realizó para su identificación ninguna de las diez víctimas del caso que se lleva a cabo en el Juzgado 18 de lo Penal los identificó Tampoco son los mismos vehículos, ya que les adaptaban antenas, sirenas y burbujas, mientras que en el otro caso eran patrullas plenamente identificadas Y si los victimarios del Juzgado 53 de lo Penal se ostentaban como agentes, los otros eran miembros de la escolta de Coello Trejo"  

 

Nosotros demostramos con pruebas fehacientes que no eramos responsables de los injustos imputados; y también demostramos dentro de la secuela del proceso quienes eran los verdaderos responsables de los deleznables hechos (aún cuando no nos fueron aceptadas las pruebas supervinientes), entre los que se encontraba Mario Alberto Bayardo Hernández, uno delos cabecillas, pero como se observa en el reportaje, la PGJDF, declaró sin sustento probatorio alguno que no lo eran; ¿como justificar la ilegal e injusta  detención y sujeción a proceso de 4 agentes federales que nada tenían que ver con el asunto, y que fueron inmiscuidos y sacrificados como peones por sacar del juego del ajedrez político a un importante alfil?¿como decirles a las victimas agredidas de enero  de 1990 en adelante que fueron victimas de Bayardo y de la negligencia, valemadrismo, y gula por el poder de funcionarios corruptos, ineptos e improvisados? ¿como responder a las mujeres mexicanas agredidas, a la sociedad engañada? La responsabilidad es grande y debe hacerse justicia a las victimas de violación, secuestro y homicidio.

 

Pero de forma extraña,artera y falaz, varios medios de comunicación años después, ya cuando Bayardo obtuvo su libertad de una forma corrupta. ilegal y por medio de influencias (http://archivo.pgr.gob.mx/cmsocial/coms05/140405.htm), y se convirtió en el líder de la más peligrosa banda de secuestradores (https://www.youtube.com/watch?v=IpzqtvOyoOA), varios medios  incluida la Revista Proceso, comenzarón a desinformar escribiendo falazmente que éste había sido escolta del Subprocurador Coello Trejo y que había sido responsable de las violaciones del sur de la ciudad por las que había estado preso:

 

Empresarios ponen precio a la cabeza de Bayardo

* Ofrecen medio millón por el exescolta de Javier Coello Trejo

Bayardo es considerado el secuestrador más poderoso con capacidad para actuar en todo el país, ya que mantiene un esquema de células independientes, que le permite operar varios secuestros de forma simultánea, explicó un policía que ha seguido su historia criminal
Este exescolta del zar antidrogas, el tristemente célebre fiscal de hierro Javier Coello Trejo, ha participado en por lo menos nueve secuestros de alto impacto, por los cuales ha demandado botines multimillonarios, dijo
Historia de ataques al sur del DF
En la época en que fue escolta de Coello, Bayardo se vio implicado en los ataques a parejas en el sur de la Ciudad de México, así como violaciones a mujeres (http://www.proceso.com.mx/230051/empresarios-ponen-precio-a-la-cabeza-de-bayardo)

 

 

Hace 16 años ya le apodaban El Jalisco, era escolta del entonces subprocurador Javier Coello Trejo e ingresaba a la cárcel acusado de violación, privación ilegal de la libertad, robo, asociación delictuosa y portación de arma de fuego. Le echaron 40 años. http://www.m-x.com.mx/xml/pdf/132/24.pdf

 

Gerardy Bayardo no se ocultaba a pesar de enfrentar una orden de aprehensión y pertenecer a la banda de secuestradores conocida como Los Bayardo, a la cual se atribuyen más de diez plagios, entre ellos de los llamados de alto impacto, como son de empresarios y banqueros, así como artistas, y entre estos últimos se les considera los autores del secuestro de Laura Zapata y Ernestina Sodi (hermanas de la cantante Thalía), ocurrido en septiembre de 2002.

 

La banda de plagiarios está integrada en su mayoría por ex reclusos que purgaron condenas por distintos ilícitos, como homicidio, y en algunos casos lograron fugarse de prisión antes de cumplir sus sentencias, como el caso de Juan Mendoza Miranda El Jalisco -ex escolta del ex subprocurador de la PGR Javier Coello Trejo-, quien volvió a ser detenido el pasado 29 de marzo de este año. (http://www.jornada.unam.mx/2005/05/19/index.php?section=sociedad&article=049n2soc)

 

 

De lavacoches a zar del secuestro
Mario A. Bayardo ‘El Jalisco’, líder de la banda, es un caso más de un peligroso delincuente emanado de las filas de la ex Policía Judicial Federal, donde fue escolta del entonces subprocurador, Javier Coello Trejo, y en 1992, fue acusado de varios hechos de violación tumultuaria...

...En 1992, Bayardo ingresó por única vez a la cárcel, cuando era joven escolta del entonces subprocurador, Javier Coello Trejo, por involucrarse en un caso de violación tumultuaria que tuvo gran difusión mediática; a grado tal, que durante un programa televisivo*, el propio indiciado —recuerda un experto del bufete— “confesó en forma tranquila sus delitos de violación”.

(http://archivo.eluniversal.com.mx/ciudad/91189.html)

 

 

 

* (https://youtu.be/lpzqtvOyoOA)

 

 

Conclusión: Es inconcuso a la luz de las pruebas aportadas  que Mario Alberto Bayardo Hernández y Policías preventivos adscritos al Sector 11 de Tlalpan fueron los responsables del los hechos imputados injusta, ilegal, falaz y dolosamente a los 4 agentes de la Policía Judicial Federal, 3 de ellos adscritos a la escolta del Subprocurador de Investigación y Lucha Contra el Narcotrafico  de la PGR, Javier Coello Trejo, y que aún al día de la fecha continúan injustamente privados de su libertad.

Este aserto se observa en el siguiente análisis comparativo del modus operandi:

INFORME DE LA POLICÍA JUDICIAL DEL D.F.,  VISIBLE EN EL PROCESO 104/90, SUBSTANCIADO EN EL JUZGADO 53º PENAL, EN CONTRA DE LOS POLICÍAS PREVENTIVOS ADSCRITOS AL SECTOR 11 DE TLAPAN
INFORME DE LA POLICÍA JUDICIAL DEL D.F., VISIBLE EN EL PROCESO 104/90, SUBSTANCIADO EN EL JUZGADO 53º PENAL, EN CONTRA DE LOS POLICÍAS PREVENTIVOS ADSCRITOS AL SECTOR 11 DE TLAPAN

                 COMPARATIVO MODUS OPERANDI

 

Modus Operandi[1] y características especificas que aparecen en la serie de violaciones del sur de la Ciudad, de marzo de 1989 a julio de 1990, y, que están plasmadas en las Averiguaciones Previas consignadas tanto a los ex-agentes de la Policía Judicial Federal, en el Juzgado 18 de lo Penal, como a los policías preventivos de la llamada, en el tiempo de los hechos, Secretaría de Protección y Vialidad (S.P. y V.) adscritos al sector 11 de Tlalpan, en el Juzgado 53 de lo Penal.

A.- Comparativo entre el dictamen del perito oficial en criminalística de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) en la causa penal 6/90 (hechos acaecidos del 11de marzo al 8 de diciembre de 1989) y las características que se observan en la causa 104/90 del juzgado 53º penal (hechos que continuaron hasta fines de julio de 1990, fecha en la que fueron detenidos los autores), seguida a los policías preventivos

DICTAMEN DEL PERITO OFICIAL EN CRIMINALISTICA de la PGJDF EN LA CAUSA PENAL 6/90 SUBSTANCIADO EN EL JUZGADO 18 PENAL.

 

 

 

 

a).- El número de agresores es de 3 a 5 personas siendo en una de las agresiones siete personas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

b).- Que los victimarios se identificaban como Agentes Judiciales

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

c).-Que a uno de ellos le nombraban “COMANDANTE, COMANCHE, O CORONEL”

 

 

 

 

d).- Que utilizaban armas de fuego   (pistolas y metralletas) y vehículos de los utilizados por corporaciones policiacas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

e).- Conducían a las víctimas a lugares despoblados y carentes de luz artificial (eléctrica).

 

 

 

 

 

 

 

 

 f).- Encajuelaban a los acompañantes de las víctimas

 

 

 

 

 

g).- Todos participaban en la agresión sexual

 

 

 

 

 

h).- Amenazaban a las víctimas física y psicológicamente para que no denunciaran los hechos

Características que se observan en la causa 104/90 Del Juzgado 53º Penal, SEGUIDA A los Policías Preventivos lAs cuales  SE OBSERVAN en el VIDEO “Cita 2000” Y EN EL PROCESO DEL Juzgado 53º Penal

 

a).-Son 5 los procesados y 2 prófugos:

1.- Mario Alberto Ballardo Hernández “el Comandante”,

2.- Humberto  García  Albores   “el  Jarocho”  

3.- Guillermo Hernández Hernández  “el Memo” 

4.- Armando  Sosa Velásquez    “el Sosa”

5.- Adalberto  Soriano Garay   “el Oaxaco”

Los prófugos son Efraín Hernández Ortiz “el zorro”, y Sergio Muñoz Regil.

 

b).-Todos    a   excepción   de    Mario   Alberto   Ballardo Hernández   eran   Policías   Preventivos   adscritos   al Sector 11, de Tlalpan  de  la  Secretaría de Protección y Vialidad, Sergio  Muñoz  Regil  era Policía Judicial del Distrito Federal,  entre las cosas que se les decomisaron esta un memorándum a nombre de este último expedido por  la   Procuraduría  General  de  Justicia  del  Distrito Federal   firmado    por   el    Lic.   Juan   David   López Manriquez.

 

c).- Mario Alberto Ballardo Hernández y Humberto García Albores eran los cabecillas del grupo y los dos indistintamente recibían el calificativo de “comandante”, tal  y como se aprecia en sus declaraciones.

 

d).- Entre las pistolas que mencionan sus declaraciones están una  pistola   escuadra   plateada, una  magnum, una  .38 especial  “buldog”, una .38 especial  “de las llamadas de “cargo” una calibre .25, una .38 súper, “el jarocho” usaba un  arma  larga M-1  además  de  usar puñales o puntas.     

Declaran   utilizar    para   llevar   a   cabo   sus   ilícitos vehículos   robados   por   asalto  los  cuales habilitaban como  patrullas,  vehículos  de  las  marcas Dodge Dart  K  colores   blanco,  gris  o   azul, Ford   Topaz   blanco, gris,  azul,  negro,  café,  verde,  Jetta   blanco  y   color oro,  Spirit  y  Shadow  de  los  mismos  colores  a   los  cuales   les   ponían   según  sus  declaraciones  antena,  sirena y una burbuja.

 

e).- Ellos  declararon  ante  el  Ministerio Público que procedían a llevar a sus víctimas  a parajes solitarios  por  los rumbos de San Pedro Mártir, San Andrés Totoltepec, Hornos de Tlalpan, Arboleda de San Lorenzo Tezonco, Hornos de Santa Úrsula, Terracería de Héroes de Padierna y en ocasiones en casa de uno de los cabecillas, la de “El Jarocho”.

 

f).- Ellos declaran ante el Ministerio Público que “al acompañante de la muchacha” lo metían en la cajuela de su propio vehículo, para después terminar por encajuelar a la muchacha dejando entreabierta la citada cajuela.

 

g).- Ellos declaran ante el Ministerio Público que una vez en los parajes solitarios, y después de desapoderar a las víctimas de sus pertenencias personales procedían todos a violar a la muchacha

 

 h).- Ellos declaran  ante  el  Ministerio Público que intimidaban a las víctimas golpeándolas, diciéndoles que sabían donde vivían, que si los denunciaban los matarían, amenazándolas también con un cuchillo “para que se portaran bien y cooperaran” a una de sus víctimas lo lastimaron introduciéndole un tubo por el recto esto lo manifiesta el Jarocho en el video.

 

B.- Hay otras características  y circunstancias que le faltaron al perito de la PGJDF y son exactamente las mismas en los dos procesos, siendo éstas las siguientes:

1).- Mismo periodo de tiempo en el que suceden los hechos en ambos procesos.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

Los hechos delictivos que nos fueron imputados falsamente tuvieron lugar en las siguientes fechas:

1.- 11de marzo de 1989.

2.- 20 de abril de 1989.

3.- 14 de junio de 1989.

4.- 13 de julio de 1989.

5.- 28 de julio de 1989.

6.- 4 de agosto de 1989.

7.- 11 de octubre de 1989.

8.- 30 de noviembre de 1989.

9.- 6 de diciembre de 1989.

10.- 8 de diciembre de 1989.

1.- En el rubro del informe de la Policía Judicial del D.F.,  se observan 20 averiguaciones previas de hechos acaecidos en el año de 1990 y solo una acontecida en el año 1989 y es la número A.P:23a/2752/989-07 (fojas 1 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Mario Alberto Ballardo Hernández  declaró ante el M.P.: “...que hace aproximadamente un año y medio que comenzaron asaltar parejas a bordo de sus vehículos y a violar mujeres…. que hace aproximadamente un año en Villa Coapa interceptaron un vehículo de la marca Corsar, color verde, llevándose a la dama por el rumbo de San Pedro Mártir donde la violaron, le quitaron su esclava y cadenas de oro, así como ochenta mil pesos en efectivo…” (fojas 12 y 13 ANEXO 105).

 Cabe hacer mención que esta persona declara 34 ilícitos de los que recuerda, 25 de los cuales los ubica en el año de 1989.

3.- Humberto García Albores aceptó: “…que hace aproximadamente dos años el de la voz y MARIO ALBERTO BALLARDO HERNANDEZ alias “el caballito”, convinieron en formar un grupo para cometer robos…” (foja 26 ANEXO 105).

Este sujeto declara 17 ilícitos de los que recuerda, 8 de los cuales los ubica en el año de 1989.

4.- Adalberto Soriano declaro ante el M.P.: “...ser servidor publico, que debidamente enterado de los hechos que se le imputan los ACEPTA por ser la verdad de los hechos y sobre el particular desea agregar lo siguiente: Que en el mes de junio de 1989 sin recordar la fecha exacta un compañero de trabajo que responde al nombre de GUILLERMO HERNANDEZ HERNANDEZ le dijo al dicente “ TE INVITAMOS A ATRACAR”, a lo que el dicente acepto, por lo que abordaron un vehículo marca DART, tipo K, color gris…” (foja 6 ANEXO 105).

5.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…ilícito que cometieron a bordo de un Dodge Dart gris en Villa Coapa, hace aproximadamente un año y medio, así mismo recuerda que “ el comandante” o jefe del grupo lo era MARIO ALBERTO BALLARDO HERNANDEZ alias “ el tapatío…” (foja 18 ANEXO 105).

 

 En  este  punto , es importante resaltar que los policías preventivos consignados a finales de julio de 1990, al Juzgado 53° Penal (yo fui consignado el 18 de enero de 1990), declararon ante el Ministerio Publico que venían cometiendo sus ilícitos desde hacia dos años, es decir, desde el año de 1988 (foja 26 ANEXO 105) y salvo la A.P 23a/2752/989-07,  levantada por los delitos de robo y violación, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, antijurídica y dolosamente, no hace alusión alguna ni los consigna por todos los delitos cometidos desde 1988 según sus declaraciones; solo los consigna (excepción hecha por la A.P. mencionada), por algunos de los delitos que siguieron cometiendo en 1990, fechas en las que yo ya estaba consignado e interno en el Reclusorio Oriente, motivo por el cual ya no nos fueron imputados los ilícitos que efectuaron estos sujetos durante 1990.

En la A.P. 22ª/DS/13/89-06, por hechos acaecidos el 14 de junio de 1989 en contra de Martha Patricia V.  M., imputados a los ex agentes federales, se observa un informe de investigación de policía judicial, firmado por el  agente Alejandro Enrique Paredes Peña en el que se concluye lo siguiente: “…que con los datos recabados no se ha logrado resultados positivos hasta el día de la fecha…así mismo se investigo que por el modus operandi, las características del vehículo y la zona que operan, se establece que están relacionados con las averiguaciones previas 22/DS/58/989; 22/DS/68/989 y 22/DS/101/989, ya que coinciden todos lo datos proporcionados por cada uno de los denunciantes…”

La averiguación previa 22ª/DS/58/989 levantada por los delitos de robo y violación, es motivada por los hechos que suceden el 7 de julio de 1989 a las 23.45 hrs., en contra de Martha Patricia V. O., y de su novio Sergio O. A., los cuales son interceptados estando estacionados en la calle Privada de Panteón, esquina calle Panteón, colonia santa Úrsula Xitla, a bordo de su vehículo VW Golf, modelo 1987, color rojo, placas de circulación 500-CYE (Mario Alberto Ballardo, sujeto sentenciado en el juzgado 53 Penal, declara haber interceptado “un golf rojo” en sus fechorías (foja 14 ANEXO 105)), por un vehículo DART  K gris oscuro  con las siglas de la policia judicial en las portezuelas; el Procurador Ignacio Morales Lechuga fue el que ordeno poner este tipo de identificaciones a los vehículos policiales de la PGJDF durante su gestión en ésta en el año de 1989; además de que la PGR no usaba vehículos Dart K como vehículos oficiales o patrullas y menos con ese tipo de identificación en las portezuelas. Sergio  Muñoz  Regil, integrante de esta banda nunca fue detenido y era Policía Judicial del Distrito Federal,  entre las cosas que se les decomisaron esta un memorándum a nombre de este último expedido por  la   Procuraduría  General  de  Justicia  del Distrito Federal firmado por el Lic. Juan David López Manríquez.  

2).- Vehículos utilizados por los agresores.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…cuando de pronto un vehículo de la marca topaz color café obscuro, placa de circulación 469-LMP ó 649-LMP, ignorando el modelo (se les cerró) (sic)…”(foja 1 de esta A.P.)

 

 

 

 

2.- En la A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G. declaro: “…desconociendo el modelo y las placas de circulación (sic), de color gris, y una vez que se emparejaron a este vehículo un sujeto que iba en el asiento delantero del lado derecho del vehículo DART “K” les dijo “DETENGANSE SOMOS JUDICIALES Y QUEREMOS REVISAR EL VEHICULO PORQUE ESTA REPORTADO COMO ROBADO…” (foja 2 de esta A.P.)

  3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M. manifestó: “…estacionándose un vehículo de frente con las luces en alto…DODGE DART de color azul con numero de placas AMP-66 sin recordar el otro numero que podría ser el numero siete…” (foja 1 de esta A.P.).

 

4.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., manifestó: “…cuando de repente se atravesó un vehículo marca DART K color gris sin recordar, agrega que llevavan (sic) en el interior del vehículo un radio transmisor (CIBI) mismo que hizo que se detuvieran…” (foja 1 de esta A.P.).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denuncio: “…cuando un VEHÍCULO MARCA DART K COLOR AZUL MARINO, CON INTERIORES GRISES, 4 puertas, con sirena, sin percatarse del numero de placas con cristales polarizados, que les indico que se hicieran a la orilla…” (foja 1 de esta A.P.).

En la misma A.P., Miguel Ángel de A. A., expuso: “…se les empareja un vehículo DART K azul obscuro modelo reciente, 1988 o 1989, burbuja roja en el techo, indicándoles el conductor del vehículo que se pararan…indicándole que se trataba de una revisión…” (foja 2 de esta A.P.).

6.- En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. declaró: “…se percata de que un vehículo gris oxford o azul obscuro, de la marca Dart tipo patrulla, el cual los había interceptado… (foja 1 de esta A.P.).

7.- En la A.P. 11ª/DS/554/89-10, María Isabel R. M., denunció: “…se percato de que un automóvil de la marca Volkswagen del modelo JETTA, color bermey (el cual es dorado o caqui (foja 3)), se le acerco mucho… (fojas 2v. y 3 de esta A.P.).

 

8.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expreso: “…sorpresivamente e inesperada (sic), arribó un coche marca Ford Topaz color negro cuatro puertas al parecer modelo 1989 o 1989 y “medio”, sin fijarse en las placas de circulación…” (foja 2 de esta A.P.).

 

 

 

9.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., expresó: “…cuando de repente un vehículo de la marca Dart K, de color azul se les cerró…” (foja 1 de esta A.P.). 

 

10.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denuncio: “…se percato que un vehículo de la marca Topaz de color gris del que desconoce sus demás características y placas de circulación…” (foja 2 de esta A.P.).

 

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se observa: “…interceptan un vehículo de modelo reciente de la marca Dodge Dart de color blanco ó gris  ó azul metálico, así como vehículos de la marca Ford Topaz o Dodge Dart K de los mismos colores a los cuales los acondicionan como patrullas de Policía Judicial poniéndoles: antena, sirena, burbuja, para que en esos mismo (sic) vehículos actuaban como Agentes de la Policía Judicial  y se ostentaban como tales… (fojas 1 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Mario Alberto Ballardo Hernández  declaró ante el M.P.: “en Villa Coapa interceptaron un auto Jetta color oro robándose el autoque también manifiesta que en ocasiones únicamente se robaban los vehículos para en ellos mismos asaltar…” (fojas 13 y 14 ANEXO 105).

 

 

 

3.- Humberto García Albores aceptó: “…circulando abordo del vehículo topaz color negro la cual lo habían robado anteriormente…a bordo del vehículo TOPAZ color azul que anteriormente había robado…a bordo del vehículo DART circulando por avenida del Hueso…” (fojas 27, 28, 29 ANEXO 105).

4.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...Que en el mes de junio de 1989 sin recordar la fecha exacta un compañero de trabajo que responde al nombre de GUILLERMO HERNANDEZ HERNANDEZ le dijo al dicente “ TE INVITAMOS A ATRACAR”, a lo que el dicente acepto, por lo que abordaron un vehículo marca DART, tipo K, color gris…ese mismo mes de Diciembre sin recordar fecha exacta, al circular  abordo del vehículo de la marca TOPAZ, color negro …circulando abordo del vehículo de la marca Volkswagen tipo JETTA, ignora su procedencia, y más características, se percataron de que en Periférico Cuemanco…el dicente en compañía de: GUILLERMO, HUMBERTO y MARIO abordo del vehículo TOPAZ  color gris, modelo reciente, ignora más características y procedencia, circulando por HUIPULCO  a la altura de Viaducto Tlalpan…” (fojas 6, 8 y 9 ANEXO 105).

5.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…la suben a un topaz azul que habían robado anteriormente…que primero robaban un vehículo y posteriormente los utilizaban para interceptar parejas regularmente por la noche…Dodge Dart blanco en calzada del Hueso…ilícito que cometieron a bordo de un Dodge Dart gris en Villa Coapa, hace aproximadamente un año y medio, así mismo recuerda que “el comandante” o jefe del grupo lo era MARIO ALBERTO BALLARDO HERNANDEZ alias “ el tapatío…” (fojas 17, 18 ANEXO 105).

 

 

6.- Armando Sosa Velázquez  admitió: “…que psan (sic) por el externante en un FORD TOPAZ  de color gris, el cual era robado…” (foja 20 ANEXO 105).

 

7.- Mónica Alejandra G. C., violentada el 9 de marzo de 1990 externo: ““…que fueron interceptados por otros dos vehículos, uno de los cuales es de la marca Topaz y color gris…” (foja 38 ANEXO 105).

 

 

8.- Carmen Yolanda S. M., violentada el 9 de junio de 1990 manifestó: “…cuando circulaban por la avenida Universidad y Copilco, fueron interceptados por los ocupantes de un automóvil negro marca “Topaz” sin placas, y por otro vehículo de color blanco; individuos aquellos que se ostentaron como “policías judiciales” y pretextando “una revisión de vehículo” hicieron que la pareja se apeara…” (foja 56 ANEXO 105).

9.-Salvador R. Q., agraviado el 23 de febrero de 1990 declaró: “…lo interceptaron dos vehículos de las marcas “Topaz” gris y “Taurus” de color azul metálico…” (foja 75 ANEXO 105).

10.- Leonel Godoy Rangel vejado el 9 de mayo de 1990, expuso: “…lo interceptaron cuatro sujetos armados que viajaban a bordo de un “Topaz” negro…”  (foja 76 ANEXO 105).

En este ultimo caso el vehículo del entonces diputado por el PRD (partido politico que nos atacó en los medios constantemente, baste ver las declaraciones de la entonces diputada Amalia García) fue recuperado en la casa del “Jarocho”

En la causa penal 6/90 las victimas hacen referencia de un vehículo Dart K gris en 3 veces, Dart K azul en 3 veces, un Topaz café, otro negro y otro gris, y se menciona un Jetta color bermey (la victima establece que este color es sinónimo de dorado o caqui); la PGR no usaba este tipo de vehículos, se usaban camionetas tipo pick up, suburbans y bronco; la PGR usaba placas con la terminación BSE en todos sus vehículos oficiales. La PGJDF si usaba vehículos Topaz y Dart K, pero usaba placas con las terminaciones AAE, AAC y AAD, las dos  placas observadas por las victimas no eran oficiales.

En el proceso 104/90, instruido  a los policías  preventivos  en el Juzgado 53 Penal, se observa que éstos confiesan haber usado los vehículos mencionados en la causa 6/90, incluyendo el “Jetta color oro” mencionado por Ballardo y el “Jarocho”,  (fojas 13 y 29 ANEXO 105).

3).- Vehículos utilizados por las victimas en la causa 6/90 y vehículos que los policías preventivos declaran en el proceso 104/90 haber  interceptado.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 23/1488/989-04 la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…circulaba a bordo de su vehículo de la marca Malibu, placas no las recuerda …”(foja 1 de esta A.P.,)

2.- En la A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., declaró: “…iba a bordo del vehículo de la marca Ford LTD modelo 1979 mil novecientos setenta y nueve, color blanco, placas de circulación 873-CDR…” (foja 1 de esta A.P.)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: “…que la de la voz se encontraba a bordo de un vehículo Shadow, modelo 1989, de color azul…” (foja 1 de esta A.P.).

 

 

 

 

 

 

 

4.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., manifestó: “…circulavan (sic) por la calle de calzada del hueso en un vehículo FORD LTD color rojo sin recordar el numero de placas, ni modelo…” (foja 1 de esta A.P.).

 

 

 

 

5.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denunció: “…circulaban a bordo de su vehículo marca Caribe, color azul claro con placas 444 ACJ del Distrito Federal…” (foja 1 de esta A.P.).

 

 

 

 

 

 

 

6.- En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. declaró: “…viajaba a bordo del vehículo marca Renault 18 del cual no recuerda las placas de color blanco…” (foja 1 de esta A.P.).

7.- En la A.P. 11ª/DS/554/89-10, María Isabel R. M., denuncio: “…le ordenan a la emitente que se baje y se pase al asiento trasero del auto de la emitente de la marca FERMONT FORD (SIC), modelo 1979 mil novecientos setenta y nueve… (foja 1v., de esta A.P.).

8.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expreso: “…en su vehículo marca Ford Topaz color gris metálico dos puertas, sin recordar numero de placas pero de modelo reciente…” (fojas 2  de esta A.P.).

9.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Cuitlahuac F. C.,  expresó: “…que su vehículo Chrysler New Yorker, miraba su frente hacia el oriente que estaba con el motor y luces del mismo apagadas…” (foja 1 de esta A.P.).

10.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…conducía su automóvil de la marca Volare, placas de circulación 202- AGY, dos, cero, dos, a, ge. Y griega del Distrito Federal, color azul gris, modelo 82 ocho dos…” (foja 2 de esta A.P.).

 

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…interceptando una pareja que circulaba un Shadow…interceptaron el topaz negro…” (fojas 3 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Mario Alberto Ballardo Hernández  declaró ante el M.P.: “...que hace aproximadamente un año dos meses, interceptaron por la Escuela Primaria Héroes de Padierna un vehículo Chevrolet Malibu…un Galaxie color rojo, robándole setecientos mil pesos a la pareja llevándose a la dama hacia san Pedro Mártir y violándola todos…en Santa Úrsula  Citla interceptaron un vehículo Shadow color azul …que también recuerda un vehículo de la marca Ford Topaz dos puertas color azul cielo esto en Villa Coapa hace aproximadamente un año y medio…otro vehículo marca Ford Topaz color vino, por el rumbo de Cafetales…que hace aproximadamente un año y medio se robaron un auto Dodge Dart color gris, en Villa Coapa…otro vehículo Renault color verde en la colonia Santa Úrsula Coyoacan…otro vehículo marca Shadow color azul en Villa Coapa hace aproximadamente diez meses…otro vehículo marca Ford Fairmont color café…” (fojas 12 a 14 ANEXO 105).

3.- Humberto García Albores aceptó: “…por lo que al circular a la calle de cafetales a la altura del conjunto habitacional prados coapa se percataron de que el vehículo de la marca Shadow, color negro, modelo reciente, iba circulando por dicha avenida y que abordo se encontraba una pareja por lo que procedieron a interceptarla…dirigiéndose a los EJIDOS de PADIERNA, lugar donde se percataron que había un vehículo MALIBU color verde y en su interior se encontraba una pareja joven besándose…interceptaron un vehículo JETTA, color oro, que iba circulando y a bordo de éste una pareja…” (fojas 26 a 31 ANEXO 105).

4.- Adalberto Soriano declaro ante el M.P.: “...ese mismo mes de Diciembre sin recordar fecha exacta, al circular  abordo del vehículo de la marca TOPAZ, color negro…por la avenida FERROCARRIL casi esquina con PERIFERICO se percataron de que en ese lugar se encontraba una pareja a bordo de un vehículo de la marca Volkswagen, Caribe, modelo antiguo, color roja, no sabe las placas de circulación (ver A.P 23/DS/86/990-02) …” (foja 6 a 11 ANEXO 105).

5.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…interceptan un vehículo New Yorker azul …en Villa Coapa interceptando un vehículo marca Renault…interceptan un vehículo Renault en un estacionamiento ubicado en Periférico y Vaqueritos… recuerda también en la calzada del Hueso por la ampliación que se encuentra en Hermanos Vázquez interceptan a un Grand Marquis color blanco…interceptan un vehículo Ford Fairmont color rojo….recuerda que roban otro vehículo Chevrolet Malibú color azul en la calle de Tizimin, Héroes de Padierna…que hace aproximadamente ocho meses…un Fairmont color café…” (fojas 16 a 18  ANEXO 105).

6.-  Armando Sosa Velázquez  admitió: “…interceptan a una persona que esta estacionado era un SHADOW azúl (sic)…” (foja 22 ANEXO 105).

4).- Igual zona de intercepciones de las víctimas, preferentemente en el sur y oriente de la ciudad por el área de Villa Coapa, Acoxpa, Héroes de Padierna, Santa Úrsula Xitla, Coyoacán, Héroes de Padierna y Canal de Garay entre otras.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales    (ver mapa         )

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal,  Policías preventivos   (ver mapa           )

1.- Calle 4, Col. San Nicolás Totolapan.

2.- Calzada de Guadalupe, Col. Vergel Coyoacan.

3.-  Calle13, esq. Vasco de Quiroga.

4.- Calle Sauzales y calzada del Hueso.

5.- Calzada Acoxpa y calzada Miramontes.  

6.- Calzada Acoxpa a la altura de la pastelería “Gallegos”.

7.- Av. Insurgentes a la altura de Félix Cuevas.

8.- En el conjunto habitacional “Tlalpan I”.

9.- Av. San Fernando, colonia Peña Pobre.

10.- Calzada de Tlapan a la altura del metro Villa de Cortez.                                                                                                                            

1.- Villa Coapa.

2.- Coyoacan.

3.- Calzada Ermita Iztapalapa.

4.- Calle Fujiyama, colonia Volcanes, Tlalpan.

5.- Calle de Dolores, colonia Ejidos de Tepepan.

6.- Calle de Sierra Santa Rosa, colonia Reforma Social

7.- Universidad y Copilco.

8.- Santa Ana y calzada de Tlalpan.

9.- Santa Cruz Tuyehualco, Iztapalapa.

10.- Carretera a Santa Cruz Acapixtla en Xochimilco.

11.- División del Norte y Xotepingo, Coyoacan.

12.- Santa Úrsula Xitla.

13.- Santa Cruz Meyehualco, Iztapalapa.

14.- Colonia Huipulco.

15.- Avenida Toriello Guerra esquina con Carrasco, colonia Toriello Guerra, delegación Tlapan.

16.- Calle Otomíes a la altura del mercado.

17.- Avenida Tlalcoligia, por la colonia Volcanes.

18.- En Santo Domingo por el estadio Azteca, colonia Santa Úrsula Coapa.

19.- Avenida Ferrocarril esquina Periférico.

20.- Periférico Cuemanco a un costado de “Hermanos Vázquez”.

21.- Avenida López Portillo.

22.- Por Huipulco a la altura de Viaducto Tlalpan, colonia San Lorenzo Huipulco.

23.- Interior del estacionamiento de Plaza Coapa.

24.-Avenida México-Xochimilco.

25.- Avenida Acoxpa a la altura del Club Atlas.

26.- Santa Úrsula esquina con Tlalcoligia.

28.- Avenida Tlahuac y Comercial Mexicana.

29.- Calle Guadalupe, colonia Lázaro Cárdenas en Xochimilco.

30.- Colonia los Volcanes de Citla arriba de Santa Úrsula Citla.

31.- Acoxpa por la fábrica de Fisisa en Villa Coapa.

32.- En los Viveros de Coyoacan.

33.- En la colonia Hidalgo, Tlalpan.

34.-Atrás del Batallón de policía de Tlalpan.

35.- Por la escuela primaria “Héroes de Padierna”.

36.- Insurgentes Sur, por Santa Úrsula Coapa.

37.- Calzada del Hueso.

38.- Periférico y División del Norte.

39.- Atrás del cine “Tlalpan”.

40.- Insurgentes Sur a la altura de Fuentes Brotantes.

41.- En  Acoxpa a la altura del centro comercial “Gigante” Villa Coapa.

42.- Viaducto Tlalpan.

43.- En Puente Blanco, Ermita.

44.- En la calle de Cafetales a la altura del conjunto habitacional Prados Coapa.

45.- Colonia Ruiz Cortinez en Coyoacan

46.- Carretera Panorámica al Ajusco.

47.- Periférico y Vaqueritos.

48.- Calzada del Hueso por la gasolinera que se encuentra por “hermanos Vázquez”

49.- Calle Tizimin, colonia Héroes de Padierna.

50.- En avenida Insurgentes a la altura de Ciudad Universitaria.

51.- Avenida San Marcos, a la altura de los condominios “Ritz”.

52.- Avenida Insurgentes a la altura de la Villa Olímpica.

53.- Por Ejidos de Padierna.

54.- Calzada del Hueso antes de llegar a Miramontes.

55.- En la calle de Prolongación de División del Norte, en Villa Coapa.

En el informe de policía judicial se lee que interceptaban a sus victimas por el rumbo del sur de la ciudad así como por el oriente.


5).- Igual forma de intercepción, identificándose como agentes judiciales.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 23/1488/989-04 la denunciante María Alejandra P. T., depuso: “…le dijeron que el comandante quería hacer el amor con ella, pero antes de esto le dijeron que eran agentes…”(foja 2 de esta A.P.)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.- En la A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., declaró: “…un sujeto que iba en el asiento delantero del lado derecho del vehículo DART “K” les dijo “DETENGANSE SOMOS JUDICIALES Y QUEREMOS REVISAR EL VEHICULO PORQUE ESTA REPORTADO COMO ROBADO” y la emitente al ver que estos sujetos les enseñaban una pistola optaron por mejor detenerse…” (foja 2 de esta A.P.)

3.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., manifestó: “que los iban a llevar a la delegación…” (foja 1v., de esta A.P.).

 

 

 

 

 

4.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miguel Ángel de A. A., expuso: “…se les empareja un vehículo DART K azul obscuro modelo reciente, 1988 o 1989, burbuja roja en el techo, indicándoles el conductor del vehículo que se pararan…indicándole que se trataba de una revisión…” (foja 2v., de esta A.P.,).

5.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expresó: “…al tiempo que les decían que qué hacían allí, que estaban consumiendo drogas “somos agentes”…NOSOTROS SOMOS AGENTES Y SI NOS DENUNCIAS, VAMOS A SER LOS PRIMEROS EN ENTERARNOS, PORQUE TENEMOS RADIO EN EL COCHE…” (fojas 2 y 4 de esta A.P.).

6.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…bajando tres de esos sujetos del vehículo de la marca Topaz y le indicaron que estaban haciendo una inspección de seguridad…” (foja 2 de esta A.P.).

 

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…que otra de sus formas de operar, es la de interceptar algún vehículo de modelo reciente marca Dodge Dart color blanco, gris o azul marino o de las marcas Ford Topaz o Dodge Dart K de esos colores, para acondicionarlos como patrullas de la Policía Judicial, colocándoles antena, sirena y una burbuja, para luego ostentarse  como agentes de dicha corporación y actuar como tales, pues ya con esos automóviles obtenidos también a través del robo por asalto, procedían a detener otros vehículos por el rumbo del sur de la ciudad y por el oriente, diciendo a los conductores que ellos eran judiciales o judiciales federales…interceptando a un vehículo diciéndoles que eran de la Policía Judicial…amagándolos con pistola diciéndose judiciales…” (fojas 1 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...somos de la judicial queremos hablar con usted…” (foja 7  ANEXO 105).

 

 

 

 

 

3.- Mónica Alejandra G. C., violentada el 9 de marzo de 1990 externo: ““…y el tercero portaba uniforme constante de una camisola con mangas cortas, con emblemas de pisacuello cuya forma no recuerda, y lucia una placa metálica plateada en uno de los pectorales, y, además tenia un escudo en una de las mangas, y vestía también un pantalón azul claro con gruesas franjas laterales de color azul marino…” (foja 40 ANEXO 105).

4.- Dora María O. G., agredida el 10 de mayo de 1990 declaró: …ordenándole a ella que no levantara la cabeza “porque era por su bien, ya que eran agentes judicialesque los iba a revisar porque su acompañante era narcotraficante y que vendía cocaína…” (foja 48 ANEXO 105).

 

5.- Otra de las victimas Carmen Yolanda S. M., violentada el 9 de junio de 1990 manifestó: “…cuando circulaban por la avenida Universidad y Copilco, fueron interceptados por los ocupantes de un automóvil negro marca “Topaz” sin placas, y por otro vehículo de color blanco; individuos aquellos que se ostentaron como “policías judiciales” y pretextando “una revisión de vehículo” hicieron que la pareja se apeara…” (foja 56 ANEXO 105).

 

Todos a excepción de Mario Alberto Ballardo Hernández eran policías preventivos adscritos al Sector 11 de Tlalpan de la Secretaria de Protección y Vialidad; Sergio Muños Regil  era policía judicial de la PGJDF, entre las cosas que se les decomisaron al momento de su aprehensión, esta un memorándum a nombre de este ultimo, expedido por la PGJDF, firmado por el Lic. Juan David López Manríquez (tomo I, fojas 22 y 28 y tomo II, foja 88 del proceso 104/90).

6).- Primero se identifican como agentes judiciales y posteriormente les dicen que es un asalto, muestran y esconden inmediatamente una credencial:

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…esos sujetos les dijeron que eso era un asaltoque el comandante quería hacer el amor con ella”(foja 2 de esta A.P.,)

 

2.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denunció: “…y le mostraron a su novio una credencial sin poder apreciar, quien la emitía solo pudo ver que era de metal y con porta credencial de piel… y al llegar les indicaron que se dice (sic), que se trataba de un asalto…”  (fojas 1 y 1v., de esta A.P.).

3.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., expresó: “…que un sujeto que se identifico rápidamente enseñando una credencial la que rápido guardó…que lo único que querían era dinero y le quitaron la cartera a su novio…” (foja 1 y 2 de esta A.P.).

4.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…le indicaron que estaban haciendo una inspección de seguridad…mientras que uno de los sujetos le comunicó “ESTO ES UN ASALTO…” (foja 2 de esta A.P.).

 

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…interceptando a un vehículo diciéndoles que eran de la Policía Judicial…amagándolos con pistola diciéndose judiciales…los despojan de sus pertenencias…” (fojas 1 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Adalberto Soriano declaro ante el M.P.: “...somos de la judicial queremos hablar con usted…despojaron a la pareja de sus pertenencias…” (fojas 7 y 8 ANEXO 105).

 

 

 

3.- Dora María O. G., agredida el 10 de mayo de 1990 declaró: …ordenándole a ella que no levantara la cabeza “porque era por su bien, ya que eran agentes judiciales…aquellos le dijeron que “se trataba de un asalto”… (fojas 48 y 49 ANEXO 105).

4.- Otra de las victimas Carmen Yolanda S. M., violentada el 9 de junio de 1990 manifestó: “…individuos aquellos que se ostentaron como “policías judiciales”…preguntaban a los dos ofendidos “¿qué traen, que tarjetas tienen, cuanto dinero traen, que alhajas traen de oro?”…” (foja 56 ANEXO 105).

7).- Usando lámparas de mano para deslumbrar a las víctimas  y para ver las partes íntimas de éstas.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06 el denunciante Mario Alberto T. F, declaró: “…se bajaron de la parte delantera dos sujetos ambos con lámpara en mano y se dirigieron hacia el coche del emitente…”(foja 5 de esta A.P.,  ANEXO 4)

2.-  En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., manifestó: “llevaban tres linternas, una grande y dos más chicas…” (foja 1v., de esta A.P.).

3.- En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. declaró: “…indicándoles que cerraran los ojos y apuntándoles con una lámpara de mano a la cara diciéndoles que no abrieran los hojos (sic)…” (foja 1 de esta A.P.).

4.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expreso: “…los alumbraron con una lámpara de luz de mucha potencia, al tiempo que les decían que qué hacían allí…” (foja 2 de esta A.P.).

5.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., expresó: “…al tiempo que les alumbraban el rostro y mostraban a través del parabrisas una credencial metálica…la alumbraba en el cuerpo de la que habla…” (fojas 53 y  54 de esta A.P.).

6.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…ordenándole que abriera las piernas y una vez que las abrió uno de los sujetos empezó a revisarle con una lámpara sorda y posteriormente le indicaron que se volteara y se hincara y con la luz de la lámpara le empezaron a revisar entre los glúteos, preguntándole a la dicente que qué enfermedad tenia…” (foja 2 de esta A.P.).

1.- Adalberto Soriano declaro ante el M.P.: “...somos de la judicial queremos hablar con usted…ARMANDO los alumbro con una lámpara de mano diciéndoles “A VER QUE ESTAN HACIENDO AQUÍ (fojas 9 y 10  ANEXO 105).

 

2.-La denunciante Mónica Alejandra G. C.  declaró: “…y el primero de estos, con una lámpara portátil, alumbro los genitales de la declarante…” (foja 42 ANEXO 105).

3.- Dora María O. G., agredida el 10 de mayo de 1990 declaró: “…en ese momento llegó otro individuo y con una lámpara los alumbró…” (foja 52 ANEXO 105).

 

 

8).- Armamento característico, (pistola escuadra plateada y para obligarlas a “cooperar” las amenazaban con un cuchillo).

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…y dos sujetos del vehículo topaz se bajaron y abrieron las dos puertas y que iban armados con una metralleta uno y otro con una pistola…”(foja 1 de esta A.P.)

 

2.- En la A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G. declaró: “…y la emitente al ver que estos sujetos les enseñaban una pistola optaron por mejor detenerse…amagándolos con dos pistolas poniéndoselas en la parte de las sienes…y pidiendo un puñal a sus compañeros para que ella obedeciera y se estuviera quieta…” (fojas 2 y 3  de esta A.P.).

3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: “…les amagaron con una arma de fuego grande…y el que estaba introduciéndole el pene por la voca (sic) la tenia amagada con una navaja en el cuello, asimismo el de la pistola le decía al de la voz que se dejara de lo contrario irían por el profesor MARIO  y mataría…” (foja 1v. y 2f., de esta A.P.).

 

 

 

4.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., manifestó: “…los cuales se encontraban armados llevaban un arma, sin saber el tipo…amagó a la dicente y a su acompañante ROBERTO AYALA con arma de fuego tipo escuadra color plateada…” (fojas 2 y 43 de esta A.P.).

 

5.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denunció: “…que constantemente le golpeaban, en todo el cuerpo, a puño cerrado, y con el arma de fuego que portaban indicándole, que si no se desvetiá (sic) por su voluntad le iban a romper la ropa con una navaja que llevaban…” (foja 1v., de esta A.P.).

6.- En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. declaró: “…y dos de ellos los ve la declarante con pistolas en la mano…” (foja 1 de esta A.P.).

7.- En la A.P. 11ª/DS/554/89-10, María Isabel R. M., denunció: “…obliga a la emitente a que se agache y la amenaza con la pistola…” (foja 1v., de esta A.P.).

 

 

 

 

 

8.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Luis Humberto B. S:, declaró: “…todos armados con pistolas tipo escuadra una plateada y las demás negras… (foja 10 de esta A.P.,  ANEXO 4).

9.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., expresó: “…bajaron dos sujetos, armados los dos con pistolas y le pegaron al vidrio…” (foja 1 de esta A.P.).

10.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…momento en que uno de ellos le colocó una pistola en la cabeza…” (foja 1v., de esta A.P.).

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “Al momento de la detención de HUMBERTO GARCIA ALBORES (A) “EL JAROCHO” se hace notar que portaba consigo un puñal…Se hace notar que los antes sujetos citados en sus asaltos y violaciones, siempre iban armados con pistolas…” (fojas 4 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Adalberto Soriano declaro ante el M.P.: “...que el JAROCHO ha utilizado en sus asaltos armas largas una M-1 que le fue quitado al parecer por unos judiciales…” (foja 11 ANEXO 105)

 

 

 

 

3.- Mario Alberto Ballardo Hernández confesó: “…que todos iban armados el de la voz utilizaba una pistola calibre 38 Súper automática y otros calibre 25 veinticinco el Jarocho utilizaba un revolver calibre 38 especial así como una punta desarmador con las cuales amedrentaba a sus victimas; ARMANDO SOSA VELAZQUEZ (a) EL OJITOS” portaba una 38 especial revolver; ADALBERTO SORIANO GARAY, que portaba una arma 38 revolver; GUILLERMO HERNANDEZ HERNANDEZ que portaba una pistola 38 especial de las llamadas de cargo…” (foja 15 ANEXO 105).

4.- Armando Sosa Velázquez  admitió: “…EFRAIN ORTIZ HERNANDEZ alias EL MAGNUM  ya que portaba siempre una pistola MAGNUM… que a todas las mujeres que violaron las amenazaban con una pistola o bien con el amago de que las iban a matar, que esto lo decía el MARIO  y el externante a todas ellas si no se dejan por eso todas se dejaban…” (foja 20 ANEXO 105).

5.- Humberto García Albores aceptó: “…que en todo momento la amagaron con una navaja…”(foja 27 ANEXO 105).

 

 

 

6.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…ADALBERTO SORIANO GARAY una pistola calibre 38 especial buldog…” (foja 18 ANEXO 105).

7.- La denunciante Mónica Alejandra G. C.,  declaró: “…recuerda que al que sus cómplices llamaban “comandante” vestía traje gris con corbata clara y camisa blanca y además portaba “una pistola grande plateada, de las que usaban en el Oeste, misma que la emitente, por no saber de armas, supone que es de tipo “revolver”…” En  la misma A.P., Fernando G. M., depuso: “…todos ellos armados con pistolas escuadra de color plateado…” (fojas 39, 40 y 46 ANEXO 105)

8.- Carmen Yolanda S. M., agredida el 9 de junio de 1990 denunció: “…entregarla a otro individuo que repitió el ayuntamiento amagándola con un objeto puntiagudo …” (foja 57 ANEXO 105)

Las armas proporcionadas por la PGR con las que contábamos los ex agentes federales para el desempeño de nuestras funciones eran pistolas semiautomáticas calibre 9mm, y .45, así como rifles semiautomáticos marca UZI calibre 9mm, AR15 calibre .223 y AK47 calibre 7.62 mm; ninguna de estas armas era calibre .38 especial, mucho menos de color plateado, además la PGR no proporcionaba como armas de cargo, las llamadas armas blancas, llámese cuchillos, puntas, etc.

 

9).- Zonas donde eran agredidas sexualmente (San Pedro Mártir, San Andrés Totoltepec, zona baldía de la Colonia Hidalgo, Santa Úrsula Xitla y otros lugares de terracería y baldíos.).

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos

En 9 de las 10 averiguaciones previas, las victimas declararon que fueron agredidas y abandonadas en un paraje solitario de la colonia San Pedro Mártir, la victima agredida el 11 de marzo de 1989, fue agredida y abandonada, según su declaración, en un paraje solitario de Santa Úrsula Xitla, específicamente en una terracería de la colonia Hidalgo (foja 5 a 7 del tomo II-3 del proceso 6/90).

 

 

 

 

 

1.- En la A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…que solo alcanzó a ver que se metían por una calle que sale a la colonia Hidalgo, que los llevaron a un terreno valdio (sic), que se apreciaban casas humildes y a lo lejos unos edificios de color rojo como de una unidad habitacional…”(foja 2 de esta A.P.)

2.-  En la  A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…a estas alturas ha podido reconocer la zona despoblada en donde fue atacada siendo en la zona de San Pedro Mártir a la altura de una Agencia de autos Nissan…” (foja 22 de esta A.P.).

 

 

3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: “…y conduciendo el vehículo por

a).- San Pedro Mártir

b).- Tepepan

c).- Hornos de Santa Úrsula Coapa, subiendo Volcanes.

d).- Terracería de Héroes de Padierna

e).- Por Arenales, cerca de Santa Úrsula.

f).- Hornos de Tlalpan

g).- San Andrés Totoltepec

h).- Pueblo de Padierna, Col. Hidalgo

i).- Pueblo de Tlatenco

j).- Santa Catarina, Tlahuac

k).- En una casa propiedad de Humberto García Albores, (a) “el jarocho”, ubicada en 2ª Cerrada de Pirules No. 1, Mz 13, col. Insurgentes, deleg. Iztapalapa (foja 2 ANEXO 105).

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…procediendo a llevarlos por el rumbo de San Pedro Mártir o San Andrés así como también a parajes solitarios, ya en el lugar a la muchacha procedían a violarla…” (fojas 4 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

 

2.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...se dirigieron en un paraje solitario entre los pueblos de : SAN ANDRES TOTOLTEPEC y SAN PEDRO MÁRTIR, delegación TLALPAN ya en ese lugar metieron a la cajuela al joven y en el interior del topaz en la parte trasera procedieron todos ellos a violar a la joven …” (foja 8  ANEXO 105).

 

 3.- Mario Alberto Ballardo Hernández confesó: “llevándose a la dama por el rumbo de San Pedro Mártir donde la 

 diferentes calles, hasta llegar a un lote valdio (sic) de la colonia Miguel Hidalgo y San Pedro Mártir…que del lugar de los hechos recuerda que era de piso de terracería y cercano al lugar había una casa rustica…” (foja 28 de esta A.P.).

4.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., declaró: “…y el mismo lugar en donde fue atacada sexualmente, y que corresponde a un lote baldío del poblado de san pedro mártir (sic) delegación Tlapan…” (foja 126 de esta A.P.).

5.- En la  A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., señaló: “…en la zona en donde sucede la violación…el sitio era un paraje prácticamente deshabitado, en lo que considera la declarante una loma, que desde ese lugar podía ver a la distancia luces amarillas de la ciudad…es la calle de CARDENAS en la colonia o pueblo de SAN PEDRO MARTÍR, según les informaron unas personas a la declarante…”(foja 297 de esta A.P.).

6.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expresó: “…que fue entonces cuando se percato la de la voz que se encontraban en la colonia Ejidos de San Pedro Mártir de la delegación Tlalpan…” (foja 3v., de esta A.P.).

violaron…” (foja 13 ANEXO 105).

 

 

 

 

4.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…se llevan a la dama hacia San Pedro Mártir y en ése lugar la violan todos…” (foja 17 ANEXO 105).

 

 

5.- Armando Sosa Velázquez admitió: “…abordaron a una pareja de personas, hombre y mujer y los llevaron a San Pedro Mártir en Tlalpan…” (foja 21 ANEXO 105).

6.- Humberto García Albores aceptó: “…condujeron dicho vehículo dirigiéndose al paraje de SAN PEDRO MÁRTIR…que el hombre lo encajuelaron en su vehículo, y en la parte trasera del CORSAR violaron a la mujer…” (foja 28 ANEXO 105).

 

 

10).- Igual forma de separar a las parejas (a los hombres los encajuelaban en su propio vehículo y a la mujer la pasaban al asiento trasero del vehículo que usaban los agresores, donde era atacada por éstos).

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…bajaron (al novio de la emitente lo metieron a la cajuela) (sic) de su vehículo y que posteriormente bajaron a la emitente y la subieron al vehículo topaz y ya a bordo le dijeron que el comandante quería hacer el amor con ella…”(foja 2 de esta A.P.)

2.-  En la  A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…le dijeron a la emitente que se pasara a la parte de atrásy ahí bajaron a su novio y al hermano de la de la voz y los encerraron a la cajuela… (foja 2 de esta A.P.).

 

3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: ““…empujando al profesor MARIO a la parte de atrás así como a la de la voz …el otro sujeto haciéndole lo mismo introduciéndole el pene en la vagina…permaneciendo el profesor dentro de la cajuela… (fojas 1f. y 2v., de esta A.P.).

4.-En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., manifestó: “por lo que la dicente se paso a la parte de atrás…que al que apodaban EL COMANCHE…le toco todo el cuerpo introduciéndole su pene una vez adelante vía vaginal…y en forma violenta la aventaron dentro de la cajuela del FORD LTD donde se encontraba dentro su novio ROBERTO…” (foja 1v., y 2 de esta A.P.).

5.- En la  A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., señaló: “…conduciéndola a ella al vehículo DART K en la parte trasera indicándole que se quitara los pantalonespercatándose que su novio viajaba en la cajuela de su vehículo…” (fojas 1v. y 2 de esta A.P.).

6.- En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. declaró: “…subiéndola a un carro Dart en la parte posteriorpercatándose de que llegaban hasta la altura de la cajuela y que uno de los sujetos abría la misma y le decía a la emitente que se metiera dándose cuenta de que en el interior se encontraba su novio ARTURO…” (fojas 2 y 4  de esta A.P.).

7.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expreso: “…en el mismo asiento trasero obligarla a abrir sus piernas y de esta forma la penetro con su pene…posteriormente le ordenan se introduzca a la cajuela del carro de su novio y al hacerlo se percata que se encuentra en ese lugar su novio…” (foja 3v., de esta A.P.).

 

8.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., expresó: “…y la llevaron al coche de su novio y la metieron en la cajuela junto con su novio…”  (foja 2 de esta A.P.).

 

 

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…ya en el lugar a la muchacha procedían a violarla mientras que a su acompañante lo metían a la cajuela de su propio vehículo, para después terminar por encajuelar a la muchacha…” (fojas 1 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

 

2.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...ya en ese lugar metieron a la cajuela al joven y en el interior del topaz en la parte trasera procedieron todos ellos a violar a la joven…que posteriormente a ambos los metieron el la cajuela del topaz… (foja 8   ANEXO 105).

3.- Mario Alberto Ballardo Hernández confesó: “…llevándose a la dama por el rumbo de San Pedro Mártir donde la violaron…” (foja 13 ANEXO 105).

 

 

 

4.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…se llevan a la dama hacia San Pedro Mártir y en ése lugar la violan todos…” (foja 17 ANEXO 105).

 

 

 

5.- Armando Sosa Velázquez admitió: “…encajuelan al hombre en el CELEBRITY…y el MARIO quien era el JEFE DE LA BANDA así como EL JAROCHO ordenan que violen a la mujer…” (foja 21 ANEXO 105).

 

 

6.- Humberto García Albores aceptó: “…metieron a la cajuela del topaz al conductor del shadow, quedándose MARIO, con la mujer en la parte trasera del shadow donde la violo…” (foja 27 ANEXO 105).

 

 

 

7.- La denunciante Mónica Alejandra G. C., agredida el 9 de marzo de 1990, declaró: “…además de obligar a la externante a que se pasara a la parte posterior… vehículo éste que también subieron tres de los sujetos para abusar de ella…la de la voz les preguntó por el paradero de su novio, y aquellos le contestaron que “estaba dentro de la cajuela que no estuviera chingando”…” (fojas 38 y 39  ANEXO 105)

8.- La denunciante Dora María O. G., agredida el 10 de mayo de 1990 relató: “…y también oyó que aquellos decían que “los echaran a la cajuela”, pero uno de los desconocidos sugirió que a la producente no la metieran ahí, por lo que la llevaron a la parte trasera del Grand Marquis, la acostaron boca abajo …”(foja 48 ANEXO 105)

9.- Carmen Yolanda S. M., agredida el 9 de junio de 1990 relató: …el sujeto más cercano a ella la aventó diciéndole “pásate para atrás, lo que la externante acató… y también la violo, como lo hizo después un cuarto sujeto, y posteriormente la metieron a la cajuela donde continuaba su novio…” (fojas 56 y 57 ANEXO 105).

9.- Citlaltzin D. E., agredida el 24 de julio de 1990 denunció: “…por lo que la declarante cerro los ojos y fue conducida hacia otro vehículo donde la instalaron en el asiento posterior…despojaron a la externante y a OSCAR de sus pertenencias, y al varón lo pasaron a la cajuela del “Chrysler Spirit”… y otra vez la metieron a la cajuela donde seguía OSCAR…” (fojas 59 y 60 ANEXO 105).

 

 

11).- Igual forma de robar las pertenencias personales a las víctimas, amenazándolas y en algunos casos agrediéndolas físicamente.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…le quitaron a la emitente su bolsa de mano con objetos personales y credenciales a nombre de ella y dinero en efectivo la cantidad de $100,000 pesos, y que a su novio le quitaron una cartera, con objetos y credenciales…que se portara bien que la iban a matar y le dio dos rodillazos en el estomago…”(foja 2 de esta A.P.)

2.-  En la  A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…diciéndoles además agáchense cabrones o se los lleva la chingada amagándolos con dos pistolas, poniéndoselas en la parte de las sienes…ya una vez agachados en la parte de atrás le pidieron todas sus pertenencias y les decían donde podían conseguir más dinero…” (foja 2 de esta A.P.).

3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: “…que le decían al profesor MARIO “CON UNA CHINGADA OBEDECE SI NO TE VAMOS A DAR UN CACHASO AQUÍ”…que cuando llegaron al sitio antes señalado la desapoderaron de sus pertenencias…” (foja 1v. de esta A.P.).

4.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., depuso: “…que no este chingando este cabrón de una vez los vamos a matar…que fue agredida por uno de los sujetos a puño cerrado y que ahí mismo le quitaron su reloj MARCA sin recordar marca y de baño de oro chapa…” (foja 1v. de esta A.P.).

5.- En la A.P. 11ª/DS/554/89-10, María Isabel R. M., denunció: “…y a quitar los collares que la de la voz portaba…y el copiloto le pega con la pistola en la sien…y le obligan a que les entregue su bolsa y la chamarra de piel que llevaba la emitente…” (foja 1v. de esta A.P.).

6.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., declaró: “…y materialmente les empujaban la cabeza hacia abajo con amenazas de muerte y una serie de insultos en todo momento…siempre con la amenaza de que si no “cooperaba” matarían a su novio” (fojas 53 y 54 de esta A.P.).

7.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., expresó: “…también le manifestaron “AGACHATE Y CALLATE HIJA DE LA CHINGADA, SI NO QUIERES QUE TE DEMOS UN BALAZA (SIC), MAS TE VALE PORTARTE BIEN”…” (foja 4v., de esta A.P.).

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…bajo amenazas y golpes obligaban a que revelaran el numero confidencial de las tarjetas de crédito de las victimas…los hombres también eran torturados y a uno de ellos le introdujeron un tubo por el ano para obligarlo a revelar su numero confidencial de las tarjetas de crédito para sacar dinero de las cajas permanentes de los bancos…” (fojas 1, 2  y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...los despojaron de sus pertenencias y al percatarse de que traía TARJETAS DE CREDITO le pidieron los números confidenciales pero no quiso darlos…golpearon al sujeto para que proporcionara los números confidenciales…” (foja 9 ANEXO 105).

 

 

3. Armando Sosa Velázquez admitió: “…para posteriormente acudir al BANCOMER DE VILLA COAPA, lugar en donde forzan mediante amagos diciéndole al hombre que si quería su vida diera el numero confidencial ya que ellos no estaban jugando, sacando de ese lugar MARIO la cantidad de SETECIENTOS MIL PESOS…” (foja 21 ANEXO 105).

4.- Humberto García Albores aceptó: “…procediendo a trasladarse al paraje de SAN PEDRO MÁRTIR lugar despojaron (sic) a la pareja de sus pertenecías y obligaron al conductor del auto SHADOW para que les dijera los numero confidenciales (sic) de su tarjeta de crédito…” (foja 26 ANEXO 105).

5- La denunciante Mónica Alejandra G. C., agredida el 9 de marzo de 1990, declaró: “…con la cacha de la pistola que los desconocidos llevaban, la golpearon el cuerpo, cara, cabeza, brazos y piernas, por lo que la externante se mantuvo agachada…mientras los demás la despojaban de sus alhajas”…” (fojas 38 y 41 ANEXO 105)

6.- La denunciante Dora María O. G., agredida el 10 de mayo de 1990 relató: “…uno de aquellos exclamó dirigiéndose a ella “pinche vieja, te vamos a romper tu madre y te vamos a matar, no hagas nada y pórtate bien, todo es por tu bien…”(foja 49  ANEXO 105)

 

12).- Igual forma de exigir el número confidencial de las tarjetas de crédito para sacar dinero de las cajas automáticas, amenazándolas; el sujeto apodado “el Jarocho”, menciona en el video (https://youtu.be/lpzqtvOyoOA) que “el Memo” obliga  a una de las víctimas a dar el número confidencial de su tarjeta de crédito, introduciéndole un tubo por el recto.  En este punto cabe mencionar, que en el pliego de ofrecimiento de pruebas, aceptado en el Juzgado 18 Penal, por el juez Maurilio Domínguez Cruz, en el proceso 6/90, se solicito se requirieran los registros videográficos de seguridad de los cajeros automáticos en los que se hubieren hecho retiros por parte de los agresores, para poder determinar la identidad de la persona o personas que hubieren hecho dichos retiros de los mencionados cajeros; la PGJDF se apresuro a informar al Juzgado 18 Penal que en los cajeros donde se hicieron los retiros, no existía dicho sistema de seguridad, (las filmaciones de las personas que hacen los retiros), pero en el proceso 104/90 seguido en el Juzgado 53 Penal, la PGJDF le envía al juez, tomas de las filmaciones hechas en los cajeros automáticos, cuando se hicieron los retiros usando las tarjetas de crédito de las victimas y en dichas filmaciones aparecen los policías preventivos haciendo estos retiros. En la siguiente imagen tomada de una cámara de seguridad se observa al ex policía preventivo Adalberto Soriano Garay con bigote postizo retirando dinero de una tarjeta robada, y a Mario Alberto Ballardo señalado con una flecha, en posición de vigía.

 

 

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causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denunció: “…la tarjeta BANCOMER SI cajeros automáticos, dándoles la clave confidencial ya que la obligaron a hacerlo…” (foja 3 de esta A.P.,  ANEXO 4).

 

 

 

 

2.- En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. precisó: “…y le empezaban a preguntar a su novio ARTURO que les diera el numero de su tarjeta para sacar dinero y que el les daba un numero…” (foja 4 de esta A.P.).

 

3.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expresó: “…el sujeto que viajaba en el asiento tracero (sic) junto a la externante le quito…una tarjeta de crédito carnet ATLANTICO…” (foja 3 de esta A.P.).

4.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Cuitlahuac F. C., expresó: “…le quitaron su cartera…y sus tarjetas de crédito, dándoles el emitente su numero confidencial…y le dijeron que iban a ir al banco a sacar dinero…” (foja 1v., de esta A.P.).

5.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…le preguntaron a la dicente que si tenia tarjetas de crédito, informándoles la dicente que no, pero la encontraron en la bolsa de mano que estaba en la cajuela…y la colocaron con las manos sobre el toldo preguntándole sobre su numero secreto del cajero automático, diciéndoselo la emitente…” (foja 2 de esta A.P.).

 

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…bajo amenazas y golpes obligaban a que revelaran el numero confidencial de las tarjetas de crédito de las victimas…los hombres también eran torturados y a uno de ellos le introdujeron u tubo por el ano para obligarlo a revelar su numero confidencial de las tarjetas de crédito para sacar dinero de las cajas permanentes de los bancos…” (fojas 1, 2  y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...los despojaron de sus pertenencias y al percatarse de que traía TARJETAS DE CREDITO le pidieron los números confidenciales pero no quiso darlos…golpearon al sujeto para que proporcionara los números confidenciales…”(foja 9 ANEXO 105).

3.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…le quitaron en dinero cien mil pesos aproximadamente y sus tarjetas de crédito…” (foja 18 ANEXO 105).

 

4.- Armando Sosa Velázquez admitió: “…y que uno de ellos traía TARJETA DE CREDITO banCOMER (SIC), por lo que van a la sucursal VILLA COAPA y en el CAJERO BANCOMER, sacan la cantidad de $600,000 SEICIENTOS mil PESOSM.N, siendo quien saca ese dinero MARIO…” (foja 21 ANEXO 105).

5.- Humberto García Albores aceptó: “…obligaron al conductor del auto SHADOW, para que les dijera los numero (sic) confidenciales de su tarjeta de crédito…” (foja 26 ANEXO 105).

6.-Dora María O. G., agredida el 10 de mayo de 1990 declaró: “…y que uno de los delincuentes le preguntaba que cuanto dinero traía y cuanto más podían obtener con sus tarjetas de crédito…” (foja 49 ANEXO 105).

7.- Víctor Salvador A. B., agredido el 9 de junio de 1990 dijo al M.P.: “…a la vez les pedía datos sobre sus tarjetas de crédito  y los despojaba de sus alhajas y prendas personales…” (foja 58 ANEXO 5).

8.- Citlaltzin D. E., agredida el 24 de julio de 1990 denunció: “…para a continuación pedirle el numero confidencial de su tarjeta de crédito, presionándola con una bolsa de plástico que le pusieron en la cabeza con la intención de ahogarla, hasta que les proporciono al azar tres números para que ya no le pegaran…” (foja 60 ANEXO 105).

 

13).- Apodos usados, “el comandante” usado indistintamente por Mario Alberto Ballardo y Humberto García Albores, a éste último también le apodan “el Jarocho” esto debido a su apariencia y acento costeño, esto último lo pone en evidencia inclusive el propio reportero en el video citado (https://youtu.be/lpzqtvOyoOA).

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…que la media filiación del supuesto comandante es de aproximadamente 50 años, alto, delgado, pelo entrecano, frente regular, cejas normales y entrecanas, ojos café obscuro, nariz recta, boca regular, labios normales, usaba bigote y como seña en particular tiene acento Norteño o de provincia…” (foja 3 de esta A.P.).

2.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: "YA SABES LO QUE QUEREMOS, YO SOY EL "COMANDANTE" Y ELLOS ME HACEN CASO" (foja 28 de esta A.P.).

3.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., depuso: “…y que el sujeto descrito en el retrato hablado número 14, que corresponde al sujeto de tipo costeño que viajaba en el asiento delantero del lado derecho del mismo carro…” (fojas 126 y 127 de esta A.P.).

4.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denunció: “…que todavía le faltaba “AL COMANDANTE” quien tiene la siguiente media filiación de aproximadamente 50 cincuenta años, complexión regula (sic), pelo chino negro, cara oval, frente despejada, ojos pequeños, ceja normal, sin recordar más señas…” (foja 2);  en la misma A.P., Miguel Ángel de A. A., declaró: y que uno de ellos tenían (sic) acento, como cubano, veracruzano…” (foja 3 de esta A.P.).

5.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…que le decía el otro sujeto, “no quiere hacer bien las cosas Comandante” abusando sexualmente de ella…” (foja 2v., de esta A.P.).

 

 

 

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “Al momento de la detención de HUMBERTO GARCÍA ALBORES (A) “EL JAROCHO” se hace notar que portaba consigo un puñal…” (fojas 4 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

 

 

 

 

2.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...en compañía de: MARIO ALBERTO BALLARDO HERNANDEZ a quien le decían “COMANDANTE”, de HUMBERTO GARCÍA ALBORES alias “EL JAROCHO”…”(foja 6  ANEXO 105).

3.- Mario Alberto Ballardo Hernández confesó: “…que el jefe de la banda que operaba con el de la voz lo era el dicente…” (foja 15 ANEXO 105).

 

4.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…que el jefe del grupo lo era MARIO ALBERTO BALLARDO HERNANDEZ así como el JAROCHO…” (foja 18 ANEXO 105).

 

 

 

 

 

 

 

5.- Armando Sosa Velázquez admitió: “…y el MARIO quien era el JEFE DE LA BANDA así como EL JAROCHO ordenan que violen a la mujer…” (foja 21 ANEXO 105).

6.- Humberto García Albores aceptó: “…que hace aproximadamente dos años el de la voz y MARIO ALBERTO GALLARDO (SIC), alias el “CABALLITO” convinieron en formar un grupo para cometer robos…” (foja 26 ANEXO 105).

En el reportaje de TELEVISA el reportero menciona: “El cerebro que estaba detrás de estos ilícitos era el autor de las seudopoesias, Humberto García Albores, un sujeto nacido hace 45 años en el Estado de Chiapas y apodado “el Jarocho”, su acento costeño fue identificado por casi todas las denunciantes”

7.-Monica Alejandra G. C., agredida el 9 de marzo de 1990 declaró: “…recuerda que al que sus cómplices llamaban “comandante” vestía traje gris con corbata clara y camisa blanca y además portaba “una pistola grande plateada…que el sujeto al que describe como “costeño” por ser de cabello rizado, tez morena y acento sureño, vestía pantalón de casimir color azul marino y tenia las mangas de la camisa dobladas a la altura de los codos…” (fojas 39 y 40 ANEXO 105).

8.- Dora María O. G., agredida el 10 de mayo de 1990 declaró: “…más posteriormente un sujeto que tenia acento norteño dijo a la producente que “de seguro venia de coger”… y alguien dijo que le tocaba “al comandante” ser el afortunado…” (fojas 50 y 54 ANEXO 105).

9.- Fernando Santiago C., agredido el 14 de mayo de 1990 expuso: “…al tener a la vista a MARIO ALBERTO BAYARDO, lo identifica como uno de los individuos que tomaron parte en la acción delictuosa reseñada, y al que los demás llamaban “jefe”…” (foja 77 ANEXO 105).

 

14).- El supuesto “comandante” era el primero en violar a las víctimas diciendo antes que quería hacer el amor con ellas, que cooperaran.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…le dijeron que el comandante quería hacer el amor con ella…le dijo a la emitente que se portara bien porque la iban a matar y le dio dos rodillazos en el estomago…”(foja 2 de esta A.P.).

2.-  En la A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…quedando solamente uno con ella al que le denominaban “EL CORONEL” amenazándola con la pistola en la cabeza y diciéndole SI NO QUIERES QUE MATEMOS A TU NOVIO Y A TU HERMANO VAS A COOPERAR CONMIGO Y TE VAS A PORTAR MUY BIEN…” (foja 2 de esta A.P.).

3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: "YA SABES LO QUE QUEREMOS, YO SOY EL "COMANDANTE" Y ELLOS ME HACEN CASO, ya en el interior del vehículo, este mismo sujeto le dijo NO TE PREOCUPES NADA MÁS VOY HACER YO, ordenándole que se quitara el pantalón y la pantaleta"(foja 28 de esta A.P.).

4.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denunció: “…indicándole que todavía le faltaba “AL COMANDANTE…” (foja 2 de esta A.P.).

 

 

1.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...“...en compañía de: MARIO ALBERTO BALLARDO HERNANDEZ a quien le decían “COMANDANTE… y a la mujer la violaron en el vehículo JETTA, en la parte trasera, que primeramente paso Mario…” (fojas 6 y 8  ANEXO 105).

2.- Mario Alberto Ballardo Hernández confesó: “…llevándose a la dama por el rumbo de San Pedro Mártir donde la violaron…” (foja 13 ANEXO 105).

3.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…se llevan a la dama hacia San Pedro Mártir y en ése lugar la violan todos…” (foja 17 ANEXO 105).

4.- Armando Sosa Velázquez admitió: “…y el MARIO quien era el JEFE DE LA BANDA así como EL JAROCHO ordenan que violen a la mujer, primeramente MARIO quien le sube la falda a la mujer y le baja la pantaleta, introduciéndole su miembro viril por la vagina…el MARIO comienza a decirle a la mujer que cooperara que no le iba a pasar nada…” (foja 21 ANEXO 105).

5.- Humberto García Albores aceptó: “…metieron a la cajuela del topaz al conductor del shadow, quedándose MARIO, con la mujer en la parte trasera del shadow donde la violo…” (foja 27 ANEXO 105).

6.- Mónica Alejandra G. C., agredida el 9 de marzo de 1990 declaró: “…que también subieron tres de los sujetos para abusar de ella, lo que fueron haciendo uno por uno, luego de que el primero de aquellos al que llamaban “comandante, a fuerza de golpes y groserías la obligo a que se quitara la ropa”…más su interlocutor agrego “coopera para que te vayas porque ya nos estas hartando”…” (fojas 38 y 42 ANEXO 105).

7.- Dora María O. G., agredida el 10 de mayo de 1990 declaró: “…y alguien dijo que le tocaba “al comandante” ser el afortunado…” (foja 54 ANEXO 105).

 

15).- La forma de agredirlas tumultuariamente, en todos los casos por vía oral, vaginal y anal.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…y se subió sobre la emitente penetrándola con su miembro viril, en su vagina por dos ocasiones y por el ano una vez…en donde la violaron los otros sujetos, que siempre la tuvieron amenazada y siempre le dijeron que se portara bien…”(fojas 2 y 3 de esta A.P.,).

2.-  En la  A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…haciendo constantes movimientos dentro de la boca de la emitente sin tener eyaculación, posteriormente la acostó boca abajo y le introdujo su pene por el recto a lo cual a la emitente le dolió muchísimo e inmediatamente este sujeto vuelve a introducir su miembro por delante (vagina) eyaculando dentro de la vagina de la emitente…” (foja 3 de esta A.P.).

 3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: “…que el otro sujeto le penetraba su pene por la vagina tratando de hacerlo por la vía anal…asimismo manifiesta la de la voz que el otro sujeto que le sostenía la espalda se desbrocho el pantalón y le introdujo su miembro por la boca…” (foja 2 de esta A.P.,  ANEXO 4).

4.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., depuso: “…uno de los sujetos se bajo la bragueta sacándose su pene introduciéndoselo en forma violenta en la boca de la dicente, al mismo tiempo otro de ellos le alzo la falda y le quito la pantaleta y le introdujo su pene en el recto…” (foja 2 de esta A.P.).

5.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denunció: “…le introdujo su pene en el recto y en la vagina…” (foja 3 de esta A.P.).

6.- En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. declaró: “…siendo que de esta forma y sin quitar su boca del pene del otro sujeto, le empezó a levantar la falda las media y la ptanleta (sic) bajándosela ya que tenia dobladas las piernas y sintiendo un fuerte dolor en “el ano”…” (foja 3 de esta A.P.).

 

7.- En la A.P. 11ª/DS/554/89-10, María Isabel R. M., denunció: “…y obliga a la de la voz a que le chupe el pene, y la obliga a colocarse en cuclillas y la penetra por el ano…” (foja 2 de esta A.P.).

 8.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expresó: “…acto seguido dicho sujeto se sale del vehículo entrando el quinto o sexto sujeto que la agrede sexualmente…” (foja 3v., de esta A.P.).

 

9.- 5.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., declaró: “…dicho sujeto la volteo y la penetro por el ano con su pene…obligándola a que se lo chupara…” (foja 2 de esta A.P.).

 

 

 

 

10.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…y que también desea agregar que cuando sus agresores la obligaron a tener simultáneamente relaciones por la boca y el recto…” (foja 4v., de esta A.P.).

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…así como también haber violado a la dama tumultuariamente por la vía vaginal, oral y anal…”(fojas 3 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

 

 

 

 2.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...procediendo a violar a la mujer en la parte trasera del JETTA, que todos la violaron que el dicente fue el SEGUNDO…”(foja 10 ANEXO 105).

 

 

 

 

3.- Mario Alberto Ballardo Hernández confesó: “…llevándose a la dama por el rumbo de San Pedro Mártir donde la violaron…” (foja 13 ANEXO 105).

 

 

 

4.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…se llevan a la dama hacia San Pedro Mártir y en ése lugar la violan todos…” (foja 17 ANEXO 105).

 

 

 

5.- Armando Sosa Velázquez admitió: “…le introdujo el pene MARIO en la boca, posteriormente paso EFRAIN quien le introdujo su pene por la boca y por el recto, después paso el JAROCHO, quien le dio por la vía normal…” (foja 22 ANEXO 105).

6.- Humberto García Albores aceptó: “…procediendo todos ellos a violarla, siendo el dicente el tercero, y eyaculando en ella solo una vez, que el OAXACO le introdujo por el ano, el OJITOS, la obligo a que le “CHUPARA EL PENE”…” (foja 27 ANEXO 105).

7.- Mónica Alejandra G. C., agredida el 9 de marzo de 1990 declaró: “…aunque ninguno de sus atacantes eyaculó dentro de ella, pero con cada uno la cópula fue “muy dolorosa y espantosa…” (foja 38 ANEXO 105).

8.- Dora María O. G., agredida el 10 de mayo de 1990 declaró: “…un sujeto que traía los pantalones bajados le introdujo el miembro viril dentro de su vagina eyaculando en ella, lo que continuaron haciendo los demás en forma sucesiva…” (foja 54 ANEXO 105).

9.- Carmen Yolanda S. M., agredida el 9 de junio de 1990 relató: “…y ya desnuda, uno de aquellos le introdujo su pene en la vagina y eyaculó, para después levantarse y entregarla a otro individuo que repitió el ayuntamiento amagándola con un objeto puntiagudo, hecho lo cual llegó un tercero que le dijo “dame tu mano”, la empezó a acariciar y también la violo, como lo hizo después un cuarto sujeto…” (foja 57 ANEXO 105).

10.- Citlaltzin D. E., agredida el 24 de julio de 1990 denunció: “…y despojarla de sus ropas para luego violarla uno por uno…” (foja 60 ANEXO 105).

16).- La forma en que les piden que se limpien después de la agresión, aventándoles kleenex o papel higiénico.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.-En la A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…se introduce un tercer sujeto al vehículo el cual le entrega un puño de kleneex diciéndole que se limpiara bien y una vez que la emitente termino de limpiarse perfectamente dicho sujeto se bajo los pantalones…el quinto sujeto le da nuevamente kleneex diciéndole que se limpiara nuevamente muy bien y se baja los pantalones se pone encima de la emitente” (fojas 3 y 4 de esta A.P.).

2.-  En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: “…se acercó al cuarto de los sujetos y que corresponde al retrato hablado con el número 3 el cual con pañuelos desechables, limpió la vagina de la que habla… (foja 29 de esta A.P.).

3.-En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. declaró: “…le volvió a dar unos clínex (sic) para que se limpiara…” (foja 3v., de esta A.P.).

4.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expreso: “…para posteriormente levantarse y aventarle un klinex (sic), ordenándole a la emitente que se limpiara…” (foja 3 de esta A.P.).

1.- Citlaltzin Domínguez Escobedo agredida el 24 de julio de 1990 denunció: “…aquellos le arrojaron un rollo de papel higiénico lo mismo que su ropa…” (foja 60 ANEXO 105).

 

17).- La forma de “manosear” y posteriormente violar a su victima.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.-En la A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…y entre los tres la empezaron a desvestir completamente y una vez que quedo desnuda y además que entre los tres ya la habían manoseado…y empezó a acariciarle fuertemente las pompas…” (fojas 2y 3 de esta A.P.).

2.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., depuso: “…que durante el camino los dos sujetos le acariciaban las piernas a la dicente, diciéndole que bonitas piernas…” (foja 1v., de esta A.P.).

3.-En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. declaró: “…este sujeto nuevamente le volvió a decir “que tenia ganas y además tenia muy bonitas piernas gordas”, a la vez que se las estaba acariciando con la mano…al caminar la empezó a acariciar en todo el cuerpo diciéndole “que le había gustado mucho y que le estaban dando ganas otra vez, ya que tenia unas nalgotas muy buenas…” (foja 4 de esta A.P.).

4.- En la A.P. 11ª/DS/554/89-10, María Isabel R. M., denunció: “…y en ese momento los dos sujetos

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…mientras otro le ordena a la dama que se pasara la asiento trasero, quedando ésta en medio de otros dos sujetos, a la que empezaban a manosear y posteriormente violarla…” ((fojas 2 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Mónica Alejandra G. C., agredida el 9 de marzo de 1990 declaró: “…la producente sentía como le tocaban el cuerpo al parecer dos sujeto, por lo que ella intentaba retirarles las manos…” (foja 43 ANEXO 105).

3.- Dora María O. G., agredida el 10 de mayo de 1990 declaró: “…y la externante sintió que alguien le agarraba “las pompis”, por lo que dijo “soy yo”, y uno de los sujetos le pregunto “¿te están agasajando, hija?”, y la emitente contestó “ que si la habían agarrado”…al parecer seis sujetos, comenzaron a desnudarla y manosearla y uno de ellos le dijo que “iban a comprobar si era señorita”…” (fojas 50 y 53 ANEXO 105).

4.- Carmen Yolanda S. M., agredida el 9 de junio de 1990 relató: “…mientras los demás le alzaban la blusa y

 le agarran los senos…y que los sujetos que se encuentran en la parte trasera le comienzan a manosear las pompas, se refiere a los glúteos… (foja 1v., de esta A.P.).

5.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., declaró: “…metiéndola a la parte posterior de ese auto manoseándola…” (foja 54., de esta A.P.).

 

 comenzaban a manosear sus piernas y senos a la vez que decían “te vamos a violar…” (foja 57 ANEXO 105).

 

 

5.- Citlaltzin D. E., agredida el 24 de julio de 1990 denunció: “…para en seguida los cuatro sujetos acariciar sus piernas y despojarla de sus ropas para luego violarla…” (foja 60 ANEXO 105).

 

 

18).- En ocasiones cubrían a las víctimas con ropas, generalmente con chamarras las que describen con olor a marihuana.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.-  En la  A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…que la emitente se dio cuenta que este sujeto olía muchísimo a marihuana y además noto que tenia la boca muy seca…después se sube el cuarto sujeto dándole un cigarro de marihuana prendido y la obliga a fumarle…” (fojas 3 y 4 de esta A.P.).

 

 

 

2.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., depuso: “…que uno de ellos tenia aliento alcohólico y le ofreció “un toquecito” a lo cual contesto la de la voz que no…” (foja 1v., de esta A.P.).

3.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., expresó: “…y los taparon a los dos con la chamarra de su novio…” (foja 2 de esta A.P.,  ANEXO 4).

1.- Mónica Alejandra G. C., agredida el 9 de marzo de 1990 declaró: “… y huyeron dejándole por toda vestimenta una chamarra que olía a droga…además de taparle el rostro con la chamarra que el “comandante” había utilizado para limpiarse…y entonces advirtió que la mencionada prenda olía “a pasto quemado” hedor este que asocio con el de mariguana que en algunas ocasiones ha visto fumar por el rumbo de su casa, en donde se reúnen algunos viciosos…” (fojas 43 y 44 ANEXO 105).

2.- Carmen Yolanda S. M., agredida el 9 de junio de 1990 relató: “…luego de lo cual agacharon a la dicente y a su novio, tapándoles sus cabezas con una chamarra de la emitente…” (foja 56 ANEXO 105).

 

 

 

19).- La forma de abandonarlas, aventando las llaves de su vehículo debajo de éste.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…que después de violarla estos sujetos la bajaron de vehículo  le dijeron que ahí estaban las llaves de su auto el cual se encontraba ahí cerca…”(foja 3 de esta A.P.).

2.-  En la  A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…diciéndole a la emitente que dejarían las llaves debajo del vehículo y que no se bajara hasta que transcurriera media hora…” (foja 4 de esta A.P.).

3.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denunció: “…indicándole que le iban a aventar las llaves debajo de su vehículo y que permaneciera

1.- Citlaltzin D. E., agredida el 24 de julio de 1990 denunció: “…y como localizaron las llaves del vehículo “Shadow”, en este se dirigieron a la avenida Canal de Garay…” (foja 60 ANEXO 105).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 dentro de el por un lapso de media hora…” (foja 2 de esta A.P.).

4.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expreso: “…procediendo a buscar las llaves, las que encontraron tiradas a unos metros del coche…” (foja 3v., de esta A.P.).

5.- En la A.P. 11ª/DS/554/89-10, María Isabel R. M., denunció: “…indicándole a la de la voz que sus llaves se encuentran bajo el automóvil  y que las busque ahí… (foja 2 de esta A.P.).

6.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…que las llaves se las iban a dejar encima del coche…” (foja 2v., de esta A.P.).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

20).-Generalmente interceptaban parejas jóvenes

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…ser de 22 años…” (foja 1 de esta A.P.).

 

 

2.-  En la  A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…ser de 18 años…” (foja  de esta A.P.).

 

3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: “…ser de 26 veintiséis años (foja 1 de esta A.P.).

4.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., depuso: “…ser de 21 veintiún años (foja 1 de esta A.P.).

5.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denunció: “…ser de 22 veintidós años…” (foja 4 de esta A.P.).

6.- En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. declaró: “…ser de 23 veintitrés años…” (foja 1 de esta A.P.).

7.- En la A.P. 11ª/DS/554/89-10, María Isabel R. M., denunció: “…ser de 23 veintitrés años (foja 1 de esta A.P.,  ANEXO 4).

8.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expresó: “…ser de diecinueve años de edad…” (foja 1 de esta A.P.).

9.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., declaró: “…ser de 25 años…” (foja 1 de esta A.P.).

10.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…ser de 32 treinta y dos años de edad…” (foja 1 de esta A.P.).

 

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…y veían si la mujer que estaba a bordo del automóvil estaba guapa procediendo a amagarlos con armas de fuego y pasaban al asiento trasero del carro al conductor, y a la muchacha…” (fojas 1 y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...por lo que subieron a los dos jóvenes al COUGAR…y en su interior había una pareja de jóvenes besándose…”(foja 7 ANEXO 105).

3.-  Armando Sosa Velázquez admitió: “…y violan a la muchacha…” (foja 24 ANEXO 105).

 

4.- Humberto García Albores aceptó: “…en donde el dicente amarro a la mujer, quien tiene aproximadamente veintinueve años…que había un vehículo MALIBU color verde y en su interior se encontraba una pareja joven…” (fojas 27 y 28 ANEXO 105).

 

 

21).- La misma forma de vestir, de traje.

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.-En la  A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., expresó: “…que los cinco vestían pantalones de casimir, camisa y sacos y chamarras…” (foja 4 de esta A.P.).

 

2.- .- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., depuso: “…y que todos vestían de traje casimir muy bien arreglados de color gris azulado, giris (sic) claro, color obscuro sin precisar…” (foja 1v., de esta A.P.).

3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: “…de traje color a rayas verde obscuro (foja 3 de esta A.P.).

4.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., declaró: “…un sujeto…de traje color azul claro…)(foja 1v., de esta A.P.).

5.- En la A.P. 11ª/DS/554/89-10, María Isabel R. M., denunció: “…y que vestía un traje color gris obscuro, de los normales, sin recordar si llevaba chaleco… (foja 2v., de esta A.P.).

6.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Sonia A. C., declaró: “…traía lo que era un saco en color como café claro y el pantalón más obscuro…” (foja 54 de esta A.P.).

1.- En el informe de la Policía Judicial del D.F.,  se lee: “…que estos sujetos cuando salían a asaltar y violar vestían de traje o bien presentables, con chamarras de piel…” (fojas | y 64 (inciso k) del ANEXO 105).

2.- Armando Sosa Velázquez admitió: “…que siempre que trabajaban o robaban iban de traje ya que el JAROCHO ordenaba que salieran así…” (foja 21 ANEXO 105).

 

3.- Mónica Alejandra G. C., agredida el 9 de marzo de 1990 declaró: “…recuerda que al que sus cómplices llamaban “comandante” vestía traje gris con corbata clara y camisa blanca…” (foja 39 ANEXO 105).

 

 

22).- Presentan características dadas por las denunciantes respecto a las medias filiaciones de sus agresores, plasmadas en los retratos hablados, las cuales se observan en el video.

a).- El sujeto descrito como con acento costeño es Humberto García Albores “el Jarocho”.                                                                           

b).- Los sujetos que usan lentes de aumento son Mario Alberto Ballardo Hernández y Humberto García Albores, aunque Adalberto Soriano también los usaba para delinquir

       

 

c).- El sujeto que tiene un lunar o grano prominente en el pómulo izquierdo es Armando  Sosa Velázquez. (“…complexión robusta, de estatura 1.68 metros, de tez morena, cabello negro, ojos oscuros, nariz no la recuerda con un lunar en el lado izquierdo, como seña particular…”; ver foja 2 de la A.P. 22a/DS/13/89-06.

                                      

d).- El sujeto que presenta acné es Guillermo Hernández  Hernández.

                       

e).- Los sujetos que presentas dientes de oro o brillosos son Humberto García Albores y Adalberto Soriano Garay.

                 

f).- Guillermo Hernández  Hernández presenta pelo quebrado y Humberto García Albores presenta pelo chino.

 

h).- Describen sujetos con bigote grande (los expolicías preventivos usaban postizos como se observa en las fotografías de la causa 104/90; en su declaración ministerial Adalberto Soriano Garay refiere que: “MARIO Y EFRAIN se disfrazaban para asaltar” (foja 11 ANEXO 105)). 

      

23).-En ambos procesos, el del Juzgado 18º y el  del Juzgado 53º, las víctimas refieren mordeduras en los senos. En la A.P. 22/DS/68/989-07, (foja 127), la agraviada Eva Ruth D, refiere “…este sujeto la mordió en diferentes partes de su cuerpo dejándole la “marcas”…”; en las fojas 11 a 14, 29 a 42, 332 a 337 del tomo I del proceso 104/90 se observa que los ex policías preventivos llevan a cabo éste tipo de conducta.

 

24).- Los ex policías preventivos sentenciados en el Juzgado 53° declaran haber interceptado en el año de 1989 (ellos fueron detenidos a finales del mes de julio de 1990), entre otros a un vehículo Malibu,  un Ford Galaxie rojo,  un Shadow azul,  una Caribe modelo antiguo,  un Renault,  un Fairmont café,  un Topaz gris modelo reciente, vehículos que tripulaban las victimas del proceso 6/90 instruido en el Juzgado 18º Penal. Se observa que los vehículos utilizados en los hechos delictivos que motivaron la causa penal 6/90,  realizados en el periodo de marzo a diciembre de 1989, eran DART K GRIS, DART K AZUL, TOPAZ NEGRO, TOPAZ GRIS y JETTA COLOR ORO;  como se advierte en el cuadro análogo, los Policías Preventivos declaran que en sus fechorías utilizaban los vehículos antes mencionados. También se percibe que los lugares donde son interceptadas las victimas y en donde son agredidas sexualmente son los mismos.

 

CAUSA PENAL 6/90; JUZGADO 18 PENAL; Ex agentes federales

causa PENAL 104/90; Juzgado 53º Penal, Policías preventivos.

1.- En la A.P. A.P. 23/1488/989-04, la denunciante María Alejandra P. T., declaró: “…ser de 22 años…Que el día 11 de marzo del presente año, siendo aproximadamente las 21:30 hrs, circulaba a bordo de su vehículo de la marca MALIBU, placas no las recuerda, en compañía de su novio Luis A, que circulaban por la calle 4 de la colonia Pedregal de San Nicolás  Totolapan (esto es en Héroes de Padierna), cuando de pronto un vehículo de marca Topaz color café oscuro, placas de circulación 469-LMP o 649 LMP...se les cerró...y dos sujetos del vehículo topaz se bajaron y abrieron las dos puertas, ya que iban armados, con una metralleta uno y otro con una pistola ...y los obligaron a bajarse y pasarse a la parte de atrás...y empezaron a circular, que solo alcanzó a ver que se metían por una calle que sale a la colonia HIDALGO, que los llevaron hasta una terracería, que entonces esos sujetos les dijeron que era un asalto, que a la emitente le quitaron su bolsa con objetos personales...que al novio de la declarante lo metieron a la cajuela de su vehículo...le dijeron que eran agentes...un supuesto comandante le dijo que tenía que hacer el amor con él...en donde la violaron los otros sujetos…”(fojas 1 a 3 de esta A.P.).

 

 

 

2.- En la A.P.11/DS/20/989-04, Liliana F. G., declaró: “…iba a bordo del vehículo de la marca Ford LTD modelo 1979 mil novecientos setenta y nueve, color blanco, placas de circulación 873-CDR…sobre la calle de Clazada (sic) de Guadalupe a la altura de la secundaria número 230 en la colonia Vergel Coyoacan… desconociendo el modelo y las placas de circulación (sic), de color gris, y una vez que se emparejaron a este vehículo un sujeto que iba en el asiento delantero del lado derecho del vehículo DART “K” …” (fojas 1 y 2 de esta A.P.)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  

 

 

 

3.- En la A.P. 22a/DS/13/89-06, Martha Patricia V. M., manifestó: “…que la de la voz se encontraba a bordo de un vehículo Shadow, modelo 1989, de color azul mismo vehículo que se encontraba estacionado en la calle 13 trece esquina Basco de Queiroga (sic)…” (foja 1 de esta A.P.).

 

 

 

4.- En la A.P. 22/DS/68/989-07, la denunciante Eva Ruth D. B., manifestó: “…circulavan (sic) por la calle de calzada del hueso en un vehículo FORD LTD color rojo sin recordar el numero de placas, ni modelo…cuando de repente se atravesó un vehículo marca DART K color gris…y el mismo lugar donde fue atacada sexualmente, y que corresponde q un lote baldío del poblado de san pedro martír (sic) delegación Tlalpan…” (fojas 1 y 126 de esta A.P.).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5.- En la A.P. DS/22/101/989-07, Miriam S. M., denunció: “…circulaban a bordo de su vehículo marca Caribe, color azul claro con placas 444 ACJ del Distrito Federal Modelo 1982, 2 puertas, por las calles de a la altura de calzada de miramontes (sic) en el entronque de Calzada Acoxpan…en la zona en donde sucede la violación…el sitio era un paraje prácticamente deshabitado, en lo que considera la declarante una loma, que desde ese lugar podía ver a la distancia luces amarillas de la ciudad…es la calle de CARDENAS en la colonia o pueblo de SAN PEDRO MARTÍR, según les informaron unas personas a la declarante…” (fojas 1 y 297 de esta A.P.).

 

6.- En la A.P. 23a/ 2829/989-08, Elizabeth G. G. declaró: “…viajaba a bordo del vehículo marca Renault 18 del cual no recuerda las placas de color blanco…que circulaba por la Calzada Acoxpa en la colonia Lázaro Cárdenas… se percata de que un vehículo gris oxford o azul obscuro, de la marca Dart tipo patrulla, el cual los había interceptado…” (foja 1 de esta A.P.).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

7.- En la A.P. 11ª/DS/554/89-10, María Isabel R. M., denunció: “…se percato de que un automóvil de la marca Volkswagen del modelo JETTA, color bermey (el cual es dorado o caqui (foja 5)), se le acerco mucho… le ordenan a la emitente que se baje y se pase al asiento trasero del auto de la emitente de la marca FERMONT FORD (SIC), modelo 1979 mil novecientos setenta y nueve… (fojas 1, 1v., y 3 de esta A.P.).

 

 

 

 

 

8.- En la A.P. 23/DS/86/990-02, Ana Cristina Z. A., expreso: “domicilio actual en calle dice: Avenida Insurgentes Sur numero 4031 cuatro mil treinta y uno, Conjunto Tlalpan Dos…en su vehículo marca Ford Topaz color gris metálico dos puertas, sin recordar numero de placas pero de modelo reciente…estacionaba fuera de la misma unidad habitacional su Topaz… sorpresivamente e inesperada (sic), arribó un coche marca Ford Topaz color negro cuatro puertas al parecer modelo 1989 o 1989 y “medio”, sin fijarse en las placas de circulación …y se percataron que estaban en la Colonia Ejidos de San Pedro Martir…” (fojas 1, 2 y 3v., de esta A.P.).

 

 

 

 

 

9.- En la A.P. 22/DS/13/990-1, Cuitlahuac F. C., expresó: “…que su vehículo Chrysler New Yorker, miraba su frente hacia el oriente que estaba con el motor y luces del mismo apagadas…” (foja 1 de esta A.P.). 

10.- En la A.P. 11/DS/663/89-12, la ofendida María Eugenia P. de R., denunció: “…se percato que un vehículo de la marca Topaz de color gris desconoce sus demás características y placas de circulación…cerrándole el paso…” (foja 1v., de esta A.P.).

 

1.- Humberto García Albores aceptó: “…que hace aproximadamente un año y tres meses, siendo aproximadamente las 23:00 hrs, dirigiéndose a los Ejidos de Padierna, lugar en que se percataron que había un vehículo MALIBU, y en el interior se encontraba una pareja joven besándose, por lo que el dicente y sus compañeros los amagaron con sus pistolas diciéndoles “esto es un asalto”, pasándolos al asiento trasero, enfilándose a las orillas del pueblo de Padierna, despojándoles de sus pertenencias, y en ese lugar, en la parte trasera del vehículo MALIBU procedieron a violar a la mujer, de aproximadamente 25 años de edad...que posteriormente a la pareja la encajuelaron en el MALIBU, trasladándolos a la colonia HIDALGO, en donde los dejaron adentro de la cajuela…” (foja 28 ANEXO 105).

Mario Alberto Ballardo Hernández  declaró ante el M.P.: “...que hace aproximadamente un año dos meses, interceptaron por la Escuela Primaria Héroes de Padierna un vehículo Chevrolet Malibu robándose el vehículo llevando a la dama hacia una terracería de Héroes de Padierna y violándola todos…” (foja 13  ANEXO 105).

Guillermo Hernández Hernández emitió: “…recuerda que roban otro vehículo Chevrolet Malibú color azul en la calle de Tizimin, Héroes de Padierna llevan a la pareja rumbo a San Andrés Totoltepec y violan a la dama…” (foja 17 ANEXO 105).

2.- Guillermo Hernández Hernández manifestó: “…recuerda también en la calzada del Hueso por la ampliación que se encuentra en Hermanos Vázquez interceptan a un Grand Marquis color blanco…” (foja 17 ANEXO 105). (Este sujeto establece varios robos en la misma época por el rumbo de Calzada del Hueso, sitio cercano al del evento delictivo de la causa 6/90; el Ford LTD y el Grand Marquis son vehículos muy similares).

La misma persona establece: “…que primero robaban un vehículo y posteriormente los utilizaban para interceptar parejas regularmente por la noche …ilícito que cometieron a bordo de un Dodge Dart gris en Villa Coapa, hace aproximadamente un año y medio …” (fojas 17 y 19 ANEXO 105).

Mario Alberto Ballardo Hernández  declaró ante el M.P.: “… que también manifiesta que en ocasiones únicamente se robaban los vehículos para en ellos mismos asaltar…que hace aproximadamente un año y medio se robaron un auto Dodge Dart color gris, en Villa Coapa (foja 14  ANEXO 105).

Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...Que en el mes de junio de 1989 sin recordar la fecha exacta un compañero de trabajo que responde al nombre de GUILLERMO HERNANDEZ HERNANDEZ le dijo al dicente “TE INVITAMOS A ATRACAR”, a lo que el dicente acepto, por lo que abordaron un vehículo marca DART, tipo K, color gris…” (foja 6 ANEXO 105).

 

3.- Mario Alberto Ballardo Hernández  vertió ante el M.P.: “…en Santa Úrsula Citla interceptaron un vehículo Shadow color azul…otro vehículo marca Shadow color azul en Villa Coapa hace aproximadamente diez meses… (fojas 13 y 14  ANEXO 105).

Armando Sosa Velázquez  admitió: “…interceptan a una persona que estaba estacionado era un SHADOW azúl (sic)…” (foja 22 ANEXO 105).

 

4.- Mario Alberto Ballardo Hernández  declaró ante el M.P.: “...que hace aproximadamente un año dos meses, interceptaron…un Galaxie color rojo, robándole setecientos mil pesos a la pareja llevándose a la dama hacia san Pedro Mártir y violándola todos…” (foja 13 ANEXO 105). (Este sujeto establece varios robos en la misma época por el rumbo de Calzada del Hueso, sitio cercano al del evento delictivo de la causa 6/90; el Ford LTD y el Galaxie son vehículos muy similares).

El mismo sujeto declaró ante el M.P.: “… que también manifiesta que en ocasiones únicamente se robaban los vehículos para en ellos mismos asaltar…que hace aproximadamente un año y medio se robaron un auto Dodge Dart color gris, en Villa Coapa (foja 14  ANEXO 105).

Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...Que en el mes de junio de 1989 sin recordar la fecha exacta un compañero de trabajo que responde al nombre de GUILLERMO HERNANDEZ HERNANDEZ le dijo al dicente “TE INVITAMOS A ATRACAR”, a lo que el dicente acepto, por lo que abordaron un vehículo marca DART, tipo K, color gris…” (foja 6 ANEXO 105).

Guillermo Hernández Hernández emitió: “…que primero robaban un vehículo y posteriormente los utilizaban para interceptar parejas regularmente por la noche …ilícito que cometieron a bordo de un Dodge Dart gris en Villa Coapa, hace aproximadamente un año y medio …” (fojas 17, 18 ANEXO 105).

 

 

5.- Adalberto Soriano expuso ante el M.P.: “…por la avenida FERROCARRIL casi esquina con PERIFERICO se percataron de que en ese lugar se encontraba una pareja a bordo de un vehículo de la marca Volkswagen, Caribe, modelo antiguo, color roja, no sabe las placas de circulación…para posteriormente llevarlos al especificado paraje de SAN PEDRO MARTIR…” (foja 8 ANEXO 105). (Ver A.P. 23/DS/86/990-02).

 

 

 

 

 

6.- Guillermo Hernández Hernández declaró: “…en Villa Coapa interceptando un vehículo marca Renault…interceptan un vehículo Renault en un estacionamiento ubicado en Periférico y Vaqueritos…” (fojas 16, 17 ANEXO 105).

 Mario Alberto Ballardo Hernández  declaró ante el M.P.: “...otro vehículo Renault color verde en la colonia Santa Úrsula Coyoacan.…” (foja 14 ANEXO 105).

El mismo sujeto declaró ante el M.P.: “… que también manifiesta que en ocasiones únicamente se robaban los vehículos para en ellos mismos asaltar…que hace aproximadamente un año y medio se robaron un auto Dodge Dart color gris, en Villa Coapa (foja 14  ANEXO 105).

Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...Que en el mes de junio de 1989 sin recordar la fecha exacta un compañero de trabajo que responde al nombre de GUILLERMO HERNANDEZ HERNANDEZ le dijo al dicente “ TE INVITAMOS A ATRACAR”, a lo que el dicente acepto, por lo que abordaron un vehículo marca DART, tipo K, color gris…” (foja 6 ANEXO 105).

Guillermo Hernández Hernández emitió: “…que primero robaban un vehículo y posteriormente los utilizaban para interceptar parejas regularmente por la noche …ilícito que cometieron a bordo de un Dodge Dart gris en Villa Coapa, hace aproximadamente un año y medio …” (fojas 17, 18 ANEXO 105).

 

7.- Guillermo Hernández Hernández declaró: “…interceptan un vehículo Ford Fairmont color rojo… un Fairmont color café…hace aproximadamente diez meses…” (fojas 17 y 18 ANEXO 105).

Mario Alberto Ballardo Hernández  declaró ante el M.P.:”…otro vehículo marca Ford Fairmont color café…”.

También expreso: “…en Villa Coapa interceptaron un auto Jetta color oro robándose el autoque también manifiesta que en ocasiones únicamente se robaban los vehículos para en ellos mismos asaltar…”(fojas 13 y 14 ANEXO 105).

 Humberto García Albores aceptó: “…interceptaron un vehículo JETTA, color oro, que iba circulando y a bordo de éste una pareja…” (foja 29 ANEXO 105).

8.- Mario Alberto Ballardo Hernández  declaró ante el M.P.:”…hace aproximadamente ocho meses, en Gigante Villa Coapa interceptaron un topaz color vino…que también recuerda un vehículo de la marca Ford Topaz dos puertas color azul cielo esto en Villa Coapa hace aproximadamente un año y medio… otro vehículo marca Ford Topaz color vino, por el rumbo de Cafetales…”. (fojas 13, 14 ANEXO 105).

Humberto García Albores aceptó: “…circulando abordo del vehículo topaz color negro la cual lo habían robado anteriormente…” (foja 29 ANEXO 105).

Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “…ese mismo mes de Diciembre circulando a bordo de un vehículo de la marca TOPAZ, color negro modelo reciente…se dirigieron en un paraje solitario entre los pueblos de: SAN ANDRES TOTOLTEPEC Y SAN PEDRO MARTIR delegación TLALPAN…”

(fojas 7 y 8 ANEXO 105).

 

9.- Guillermo Hernández Hernández emitió: “…interceptan un vehículo New Yorker azul…” (foja 16 ANEXO 105).

 

 

10.- Adalberto Soriano declaró ante el M.P.: “...el dicente en compañía de: GUILLERMO, HUMBERTO y MARIO abordo del vehículo TOPAZ  color gris, modelo reciente, ignora más características y procedencia, circulando por HUIPULCO  a la altura de Viaducto Tlalpan…” (foja 9 ANEXO 105).

Armando Sosa Velázquez  admitió: “…que psan (sic) por el externante en un FORD TOPAZ  de color gris, el cual era robado…” (foja 20 ANEXO 105).

 

Es de concluirse que el modus operandi, tiempo, lugares y características especificas que aparecen  en la serie de ilícitos perpetrados por el grupo de policías preventivos adscritos al Sector 11 de Tlalpan desde el año de 1988, (según sus declaraciones ante el M.P.) hasta el mes de julio de 1990, fecha en que son detenidos, juzgados y sentenciados en la causa 104/90, por el Juzgado 53 Penal; son los mismos que aparecen en las A.P. consignadas a nosotros, los agentes federales, en el proceso 6/90, instruido en el Juzgado 18 Penal. Las características y circunstancias son exactamente las mismas en los dos procesos por lo que los responsables o son ellos o somos nosotros; no puede haber dos grupos delictivos efectuando los mismos ilícitos en un mismo tiempo, modo y lugar.

 

En el video del programa CITA 2000 (https://youtu.be/lpzqtvOyoOA), los ex policías preventivos admiten robar y violar desde 1988, y en sus declaraciones ante el Ministerio Público dicen llevar año y medio (los jefes de este grupo delictivo declararon ante el representante social: Mario Alberto Ballardo Hernández  declaró “...que hace aproximadamente un año y medio que comenzaron asaltar parejas a bordo de sus vehículos y a violar mujeres” (foja 12 ANEXO 105); Humberto García Albores (a) “el  Jarocho”  aceptó: “…que hace aproximadamente dos años el de la voz y MARIO ALBERTO BALLARDO HERNANDEZ alias “el caballito”, convinieron en formar un grupo para cometer robos…” (foja 26 ANEXO 105),  siendo aprehendidos a finales de julio de 1990). Asimismo en el video (https://youtu.be/lpzqtvOyoOAy en declaraciones ante el Ministerio Público admiten su responsabilidad en los hechos imputados (foja 78, inciso o) ANEXO 105).

 

Nosotros, los  ex-agentes de la P.J.F., aún negando los hechos fuimos  consignados el 18 de enero de 1990 y las violaciones continuaron con el mismo Modus Operandi y características antes mencionadas. Los policías preventivos de la S.P. y V. fueron consignados el 30 de julio de 1990 y las violaciones con el mismo Modus Operandi y características antes mencionadas, dejaron de darse. 



[1] El Diccionario de la Real Academia Española define: modus operandi. (Loc. lat.; literalmente, 'modo de obrar'). m. Manera especial de actuar o trabajar para alcanzar el fin propuesto.

 

 

Policías Preventivos de la S.P. y V. fueron consignados el 30 de julio de 1990, al Juzgado 53° Penal del D.F., en la Causa penal 104/90.

MARIO ALBERTO BALLARDO HERNANDEZ CON BIGOTE POSTIZO; Proceso 104/90 del Juzgado 53º  Penal

Retrato hablado que aparece en el Proceso 6/90, A.P. 22ª/DS/58/89-7  , y que tiene parecido a Ballardo con bigote postizo 

¿QUÉ HACEMOS CON LOS SECUESTRADORES? www.maspormas.com/.../que-hacemos-con-los-secuestradores-alexxxalmazan...
¿QUÉ HACEMOS CON LOS SECUESTRADORES? www.maspormas.com/.../que-hacemos-con-los-secuestradores-alexxxalmazan...

y https://www.maspormas.com/opinion/que-hacemos-con-los-secuestradores-alexxxalmazan/

22).- Presentan características dadas por las denunciantes respecto a las medias filiaciones de sus agresores, plasmadas en los retratos hablados, las cuales se observan en el video.

 

a).- El sujeto descrito como con acento costeño es el Policía Preventivo Humberto García Albores “el Jarocho”; esto debido a su apariencia y acento costeño, esto último lo pone en evidencia inclusive el propio reportero en el video citado.

Sujeto al Proceso 104/90, en el Juzgado 53º Penal
Sujeto al Proceso 104/90, en el Juzgado 53º Penal

RETRATO HABLADO DEL COMANDANTE QUE CORRESPONDE AL JAROCHO,  VISIBLE EN EL PROCESO 6/90,  EN LA A.P. DS/22/101/989-07, donde aparece como el retrato hablado marcado con el número 14. 

Los denunciantes que elaboran este retrato hablado describen que este sujeto tenía acento como cubanoveracruzano, que tenía un diente brilloso al parecer oro o plateado, Eva Ruth D. B., dice que el sujeto es de aspecto “costeño”  

Las victimas del Proceso 6/90, desahogado en el Juzgado 18° Penal del D.F., mencionan a un supuesto "COMANDANTE", y las autoridades de la PGJDF y las Jurisdiccionales señalan como "Comandante a Ismael Ricardo Aguilar Sánchez, cuya fotografía aparece en el presente estudio  y nada tiene que ver su fenotipo con el que aparece en éste retrato hablado del "Comandante"

POLICIA PREVENTIVO ADALBERTO SORIANO HERNANDEZ, ADSCRITO AL SECTOR 11 DE TLALPAN.

Sujeto al Proceso 104/90, en el Juzgado 53º Penal

Los sujetos que usan lentes de aumento y bigotes postizos son Mario Alberto Ballardo Hernández y Humberto García Albores, aunque el Policía Preventivo Adalberto Soriano Hernandez también los usaba para delinquir

 

Los sujetos que presentas dientes de oro o brillosos son Humberto García Albores y Adalberto Soriano Garay,  sujetos al Proceso 104/90, en el Juzgado 53º Penal

RETRATO HABLADO QUE SE PARECE A SORIANO, VISIBLE EN EL Proceso 6/90, A.P. 22/DS/68/989-07
RETRATO HABLADO QUE SE PARECE A SORIANO, VISIBLE EN EL Proceso 6/90, A.P. 22/DS/68/989-07

El sujeto que tiene un lunar o grano prominente en el pómulo izquierdo es el Policia Preventivo adscrito al Sector 11 de Tlalpan, Armando  Sosa Velázquez. (“…complexión robusta, de estatura 1.68 metros, de tez morena, cabello negro, ojos oscuros, nariz no la recuerda con un lunar en el lado izquierdo, como seña particular…”; ver foja 2 de la A.P. 22a/DS/13/89-06

Proceso 104/90, Juzgado 53º Penal

Retrato hablado que aparece en el Proceso 6/90, A.P. 11ª/DS/57/989-04 , que menciona un lunar en un pomulo y que se parece a el Policía Armando Sosa con bigote postizo

Policia Preventivo  Armando Sosa Velazquez

Describen sujetos con bigote grande (los expolicías preventivos usaban postizos como se observa en las fotografías de la causa 104/90; en su declaración ministerial Adalberto Soriano Garay refiere que: “MARIO Y EFRAIN se disfrazaban para asaltar”

Policía Preventivo adscrito al Sector 11 de Tlalpan  Guillermo Hernández  Hernández, alias "el Memo ; presenta acné  y pelo quebrado.

Proceso 104/90, Juzgado 53º Penal

Retrato hablado que aparece en el Proceso 6/90, A.P. 11ª/DS/57/989-04 , que menciona un lunar en un pómulo y que se parece a el Policía Guillermo Hernandez Hernandez.

Policia Preventivo  Guillermo Hernandez Hernandez  con bigote postizo

Describen sujetos con bigote grande (los expolicías preventivos usaban postizos como se observa en las fotografías de la causa 104/90; en su declaración ministerial Adalberto Soriano Garay refiere que: “MARIO Y EFRAIN se disfrazaban para asaltar”

Igual forma de exigir el número confidencial de las tarjetas de crédito para sacar dinero de las cajas automáticas, amenazándolas; el sujeto apodado “el Jarocho”, menciona en el video  https://youtu.be/ql0VOPSgXzUque “el Memo” obliga  a una de las víctimas a dar el número confidencial de su tarjeta de crédito, introduciéndole un tubo por el recto.  En este punto cabe mencionar, que en el pliego de ofrecimiento de pruebas, aceptado en el Juzgado 18 Penal, por el juez Maurilio Domínguez Cruz, en el proceso 6/90, se solicito se requirieran los registros videográficos de seguridad de los cajeros automáticos en los que se hubieren hecho retiros por parte de los agresores, para poder determinar la identidad de la persona o personas que hubieren hecho dichos retiros de los mencionados cajeros; la PGJDF se apresuro a informar al Juzgado 18 Penal que en los cajeros donde se hicieron los retiros, no existía dicho sistema de seguridad, (las filmaciones de las personas que hacen los retiros), pero en el proceso 104/90 seguido en el Juzgado 53 Penal, la PGJDF le envía al juez, tomas de las filmaciones hechas en los cajeros automáticos, cuando se hicieron los retiros usando las tarjetas de crédito de las victimas y en dichas filmaciones aparecen los policías preventivos haciendo estos retiros. En la siguiente imagen tomada de una cámara de seguridad se observa al ex policía preventivo Adalberto Soriano Garay con bigote postizo retirando dinero de una tarjeta robada, y a Mario Alberto Ballardo señalado con una flecha, en posición de vigía.

¿QUIÉN ES MARIO ALBERTO BALLARDO HERNÁNDEZ?

 MARIO ALBERTO BALLARDO HERNÁNDEZ
MARIO ALBERTO BALLARDO HERNÁNDEZ

Mario  Alberto  Ballardo  Hernández (a) “el comandante”, “el tapatío”, “el jalisco”, “el caballito”, “el tigre”, esta persona era civil.  (Proceso 104/90, Juzgado 53º Penal)

 

 

¿QUIÉN ES MARIO ALBERTO BALLARDO HERNÁNDEZ?

 

 

Del año de 1988 hasta finales de julio de 1990, se efectúan en el sur de la ciudad de México, una serie de ilícitos en contra de parejas y mujeres solas, delitos como el robo, violación, privación ilegal de la libertad en la modalidad de plagio y asociación delictuosa, que fueron cometidos por parte de varios individuos pertenecientes en su mayoría a la Policía Preventiva de la entonces Secretaria de Protección y Vialidad del Distrito Federal, adscritos al Sector 11 de Tlalpan, por un agente de la policía judicial del D.F., y un civil, Mario Alberto Ballardo Hernández.

 

Este sujeto fue el primer detenido de esta banda, con base a las deposiciones de María Alicia S. C., la cual también fue víctima de los ilícitos cometidos por estas personas. Fue detenido a finales del mes de julio de 1990, a bordo de una camioneta pesera de su propiedad, cuando la estaba reparando. Con base a sus declaraciones fueron detenidos la mayor parte de sus cómplices, tal y como se aprecia en autos, a excepción de su cuñado Efraín Hernández Ortiz “el magnum” o “el zorro” (pertenecía al agrupamiento de “zorros” de la SPVDF), y Sergio Muñoz Regil elemento de la Policía Judicial del D.F.

 

María Alicia S. C., denunció ante el M.P. de la Vigésima Tercera Agencia Investigadora de la PGJDF (misma Agencia que llevo a cabo la primera confronta de los agentes federales adscritos al servicio de seguridad del Lic. Coello Trejo el 6 de septiembre de 1989), en la A.P. 23ª/2147/90-07, que el día 16 de julio de 1990, aproximadamente a las 21:30 hrs, se encontraba a bordo del automóvil Ford Fairmont, color negro, placas de circulación 277-ATW, en compañía de Raúl V. G., frente al parque “Toriello Guerra” en la colonia del mismo nombre en la delegación Tlalpan; que en esos momentos se acercaron al vehículo unos sujetos desconocidos, uno de los cuales, de pronto disparó un arma en contra de Raúl V.G., privándolo de la vida, abordando luego el automóvil referido en el cual circularon por espacio de dos aproximadamente; durante el trayecto la llevaban agachada y la obligaban a cerrar los ojos, mostrando intenciones de agredirla sexualmente ya que la acariciaron sin pronunciar palabra.

 

Estos sujetos abandonaron posteriormente el cuerpo sin vida en un lugar desconocido y como el carro comenzó a fallar, los sujetos citados la sacaron del asiento de atrás y la introdujeron a la cajuela en donde fue encerrada y abandonada en las calles de Tizimin e Izamal de la colonia Héroes de Padierna, según se enteró al otro día que fue sacada de la misma por elementos de la Policía Preventiva del Distrito Federal, integrantes de la patrulla 11036, quienes la llevaron ante el agente del M.P., de la delegación Tlalpan en donde quedo detenida.

 

Pero ¿por qué quedo detenida si ella era la victima? Porque lo que no se puso en la A.P., fue lo que verdaderamente manifestó la denunciante a los elementos de la PJDF encabezados por el subdelegado Salvador Márquez Terrazas, los comandantes José Valdemar Escalona y José Manuel Jaime Hernández[1] (mismos que intervinieron en la causa penal 6/90, instruida en contra de los policías federales).

 

¿Qué manifestó María Alicia S. C., a estos policías judiciales? Que efectivamente se acercaron unos sujetos, los cuales amagaron a ella y a su acompañante diciéndoles que era un asalto, al voltear Raúl V.G., a verlos, éste expresó, “a ti te conozco, vives cerca de aquí[2]; a lo que el interpelado le contestó “así que me conoces, pues ya te llevo la chingada”, accionando en contra de Raúl su arma de fuego, lo que le causó la muerte. Quien accionó el arma fue Mario Alberto Ballardo Hernández, y la victima les dijo a los judiciales que ella también lo conocía de vista ya que éste conducía una pesera de servicio colectivo[3] (en el video se menciona que la banda estaba compuesta por policías preventivos en activo y otros dados de baja y por dos conductores de peseras de la ciudad de México).

 

Los policías judiciales al detener a Ballardo se percataron de que habían dado de manera fortuita con los verdaderos responsables de la cadena de violaciones del sur de la ciudad de México (ellos continuaban las investigaciones puesto que estos delitos continuaban con el mismo modus operandi, en la misma zona, tal y como lo declararon los responsables) y reportaron inmediatamente el caso a sus superiores, quienes les ordenaron “cuadrar el caso con otros responsables y pasar el caso a la Fiscalía Especial de Homicidios y Asuntos Relevantes (la cual en ese tiempo era presidida por un Fiscal de apellido Rabago, mismo apellido de una victima en el caso imputado a los agentes federales), situación a la que se avocaron estos policías, a conseguir “responsables”.

 

Ante esta nueva orden, María Alicia S. C., fue cuestionada nuevamente del porqué sabía que Ballardo era conductor de pesera, declarando que ella lo había visto en alguna ocasión, agregando que ella tenía conocidos que también eran choferes de peseras; los judiciales le preguntaron a quienes conocía, y ahí empezó su pesadilla y la de sus coacusados, se convirtió de victima a victimaria, y una de las persona que mencionó como conocida, fue el que finalmente pagó injustamente el homicidio de Raúl V.G.

 

Lauro González Alvarado, fue detenido antijurídicamente junto con otras personas (la mayoría choferes de camionetas peseras de la ruta 76), él específicamente fue detenido con lujo de violencia en el interior de su domicilio el 20 de julio de 1990, siendo el único que fue encontrado “responsable” del homicidio de Raúl V.G.

 

¿Cómo me entere de todo esto? Conocí a María Alicia S. C., a Lauro González Alvarado y a sus coacusados en los pasillos de los juzgados al interior del Reclusorio Preventivo Oriente; ellos fueron consignados dentro de la A.P. 23ª/2147/90-07,  por la PGJDF, al Juzgado Décimo Sexto Penal en el D.F., instruyéndoseles proceso en la Causa Penal No. 160/90 por el delito de homicidio calificado; a mí se me siguió proceso en el Juzgado 18° Penal, por lo que fuimos prácticamente vecinos en las audiencias.

 

Alicia, Lauro y coacusados nos platicaron su caso mencionando la primera lo anteriormente referido, de cómo Ballardo la había amenazado de muerte si lo delataba, mencionando que a éste ultimo lo había visto ya en los pasillos de los juzgados y que él no había advertido su presencia.

 

Hicimos del conocimiento de lo anterior a los abogados que en ese tiempo llevaban nuestro asunto jurídico, tomando uno de ellos, Víctor Carranca Bourget, la defensa de María Alicia S. C, de forma gratuita; interponiendo queja a la Comisión Nacional de Derechos Humanos por tortura (dicha Comisión nunca se pronunció al respecto), y violación a sus derechos humanos, cometida por los servidores públicos antes mencionados de la PGJDF, en contra de Alicia, abriéndose el expediente CNDH/122/91/DF/1554; concluyendo con la Recomendación 12/92 (http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Recomendaciones/1992/Rec_1992_012.pdf).

 

Esta recomendación sirvió para que Alicia obtuviera finalmente su libertad, ya que se determinó finalmente que no tenía responsabilidad alguna en los hechos imputados, situación que no aconteció con Lauro, ya que fue el único de todos ellos que injustamente fue sentenciado a purgar sentencia por el homicidio de Raúl V.G., (fueron 6 los consignados antijurídicamente Alicia, Lauro, Oscar Octavio, Esteban, Carlos Alberto  y Jerson Sergio), siendo trasladado de manera subrepticia en 1992 a la Penitenciaria del D.F., lugar a donde lo volví a encontrar y volvimos a platicar del asunto algunas veces, (Lauro salió preliberado en el año 2008).  

 

Fue de esta forma como Mario Alberto Ballardo Hernández fue detenido, consignado y sujeto a proceso en la Causa Penal 104/90. En sus declaraciones este sujeto manifestó:

 

“MARIO  ALBERTO  BALLARDO  HERNANDEZ   (a) “ el comandante”, “ el tapatío”, “ el caballito”, “ el ballardo”, declaró: “…que hace aproximadamente un año y medio que comenzaron asaltar parejas a bordo de sus vehículos y a violar mujeres…. que hace aproximadamente un año en Villa Coapa interceptaron un vehículo de la marca Corsar, color verde, llevándose a la dama por el rumbo de San Pedro Mártir donde la violaron, le quitaron su esclava y cadenas de oro, así como ochenta mil pesos en efectivo…” (tomo I, foja 336 del proceso 104/90 (fojas 12 y 13 ANEXO 105)).

 

Cabe hacer mención que esta persona declara 34 ilícitos de los que recuerda y 25 de los cuales los ubica en el año de 1989.

 

Mario Alberto Ballardo Hernández y Humberto García Albores eran los cabecillas del grupo, y los dos indistintamente recibían el calificativo de “comandante”, según sus declaraciones ante el M.P., por ejemplo, Guillermo Hernández Hernández, en su declaración ante el M.P. manifiesta:

 

“…ilícito que cometieron a bordo de un Dodge Dart gris en Villa Coapa, hace aproximadamente un año y medio, así mismo recuerda que el “comandante” o el jefe del grupo lo era Mario Alberto Ballardo Hernández, alias “ el tapatío…”, (tomo I, foja 334 del proceso 104/90 (fojas 17, 18 ANEXO 105)).

 

Así, HUMBERTO GARCIA ALBORES (a) “el jarocho”, “el comandante”, declaro entre otras cosas lo siguiente:

 

“…que hace aproximadamente dos años el de la voz y MARIO ALBERTO BALLARDO HERNANDEZ alias “el caballito”, convinieron en formar un grupo para cometer robos…”, (tomo I. foja 337 del proceso 104/90 (foja 26 ANEXO 105)).

 

En el informe de policía judicial, firmado por el Jefe de Grupo de la policía judicial de la PGJDF, Armando Ponce Melecio y los agentes Adalberto Soriano Martínez y Alejandro Hernández Barrera, rendido al Agente del Ministerio Publico en turno de la Agencia Central Investigadora, se lee lo siguiente:

 

”…que en investigación de los hechos, localizaron y presentaron al que dice llamarse MARIO ALBERTO BALLARDO HERNANDEZ (a) “el mario”, “el caballo”, “el tapatío”, “el tigre”, el cual reconocía que en compañía de HUMBERTO GARCIA ALBORES (a) “el jarocho”, “el chiapas”; GUILLERMO HERNANDEZ HERNANDEZ (a) “el memo”; ARMANDO SOSA VELAZQUEZ (a) “el sosa” y ADALBERTO SORIANO GARAY (a) “el oaxaco”, solían reunirse en la casa del “jarocho”,…donde planeaban sus asaltos y violaciones…que si veían si la mujer que estaba a bordo del vehículo estaba guapa, procedían a amagar a la pareja con armas de fuego y pasaban al conductor y a la muchacha al asiento trasero del carro, para llevarlos después por el rumbo de San Pedro Mártir o San Andrés así como también a parajes solitarios, ya en el lugar a la muchacha procedían a violarla mientras que a su acompañante lo metían a la cajuela de su propio vehículo, para después terminar por encajuelar a la muchacha dejando entre abierta la citada cajuela, tras haber robado a los pasivos sus pertenencias tales como el numerario y sus alhajas y si traían tarjetas de crédito, obligaban al dueño de las mismas a revelarles el número confidencial para ir a sacar dinero de las cajas permanentes.  Que la otra forma de operar es la siguiente: interceptan un vehículo de modelo reciente de la marca Dodge Dart de color blanco o gris o azul metálico, así como vehículos de la marca Ford Topaz o Dodge Dart “k” de los mismos colores a los cuales los acondicionaban como patrullas de Policía Judicial poniéndoles: antena, sirena y una burbuja.  Para que en esos vehículos actuaban como Agentes de la Policía Judicial y se ostentaban como tales, ya en esos automóviles   que eran robados por asalto entonces procedían a detener vehículos por el rumbo, del sur de la ciudad, así como el oriente, diciendo a los conductores que ellos eran “judiciales o Judiciales Federales”, ya que éstos sujetos cuando salían a asaltar y violar vestían de traje o bien presentables, con chamarras de piel en algunas ocasiones se ponían postizos tales como bigotes o barbas, pero una vez interceptado el vehículo escogido porque en este viajaba alguna mujer guapa, aunque esta fuera acompañada por uno o por dos sujetos, lo interceptaban para enseguida trasladar al vehículo que ellos traían a el o los acompañantes de la dama y al volante se ponía uno de ellos, mientras otro le ordenaba a la mujer se pasara al asiento posterior, dejándola en medio de otros dos individuos, hecho lo cual empezaban a manosear a la dama para posteriormente violarla ya fuera por vía oral, vía anal o vaginal…”(fojas 1 y 64 (inciso k) del ANEXO 105)

 

Mario Alberto Ballardo Hernández fue encontrado culpable y sentenciado el 13 de mayo de 1992, dentro de la causa penal 104/90, por el Juez Quincuagésimo Tercero Penal en el Distrito Federal, por los delitos de Violación, Robo calificado y Asociación delictuosa, el cual le impuso una  pena de 40 años de prisión (foja 64 (inciso k) del ANEXO 105). Esta sentencia fue recurrida, por lo que el 26 de enero de 1993, dentro del toca penal 549/92, los magistrados de la Sala Auxiliar del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal modificaron la sentencia aludida, en la que le bajaron la pena de prisión a 36 años ocho meses de prisión.

 

Mario Alberto Ballardo Hernández, fue dejado en libertad por los Magistrados del Primer Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Penal, en la queja 1/95, en julio de 1995 (leer “Comunicado de la PGR” http://archivo.pgr.gob.mx/cmsocial/coms05/140405.htm); el motivo argumentado fue el de violación al artículo 16 Constitucional, al aducir que fue detenido sin mediar orden de autoridad alguna y sin haber flagrancia de delito, (también Alicia, Lauro mis coacusados y yo fuimos detenidos sin haber orden de autoridad alguna y sin haber flagrancia de delito, yo fui detenido cuando las autoridades de la PGR me presentaron a declarar). Esta persona fue a la que primero detuvieron y fue la que llevo a dar con el paradero de sus compañeros de fechorías, tal y como se aprecia en autos.

 

En la actualidad  Mario Alberto  Ballardo Hernández se encuentra prófugo y es señalado como el líder de una banda de secuestradores (https://www.youtube.com/watch?v=IpzqtvOyoOA), y uno de los 10 delincuentes más buscados por la justicia[4]; a la fecha se han ido deteniendo a varias personas vinculadas con este sujeto como lo registran los siguientes medios informativos:

 

1.- Periódico “La Prensa”, de fecha jueves 3 de abril de 2003, en el que en el cintillo de la primera plana se lee: “DETIENEN A SECUESTRADORES DE LAURA ZAPATA”; y en la página 28 se lee: “Capturan a plagiarios de Laura Zapata y hermanaLos detenidos…Geraldine Alberto Vallardo Rosales, este ultimo hijo del cabecilla de la banda, Mario Alberto Vallardo Hernández, quien logro darse a la fuga…”. (sic).

                     

 

2.- Periódico “El Grafico”, de fecha viernes 4 de abril del 2003, en la parte inferior derecha de la primera plana se lee. “PERSIGUEN A SECUESTRADOR. Agentes de la AFI buscan en todo el país a Mario Alberto Bayardo , supuesto plagiario implicado en el rapto de las hermanas de Talía.”; en paginas adentro se lee: “…Bayardo Hernández esta relacionado con al menos ocho secuestros de mujeres, menores de edad y empresarios…Junto con Bayardo Hernández se encuentran prófugos sus cómplices Jorge Israel Rodríguez Alcántara…. y Juan Mendoza Miranda, amigo muy cercano al jefe de la banda…”

 

3.- Periódico “La Prensa”, de fecha 20 de enero del 2004, en la primera plana se lee: “YA BASTA, OCUPAMOS 2º LUGAR DE PLAGIOS EN EL MUNDO; ES UN CANCER: ERNESTINA SODI”; en la página 3 se lee: “…José Antonio ortega, director de la Comisión de Seguridad de la Coparmex, denuncio que el líder de una banda de secuestradores, Mario Alberto Ballardo Hernández, es sobrino del Subprocurador  de Justicia del Estado de Tlaxcala…” http://archivo.eluniversal.com.mx/notas/643383.html

 

4.- Revista, “La Revista”, (leer “EL UNIVERSAL online - la revista), de la semana del 21 al 27 de junio de 2004, en donde en el parte inferior de la portada se lee: “CINCO DIAS SECUESTRADA, CINCO DIAS DE INFIERNO, UN RELATO DE PRIMERA MANO; en la página 48 se lee: “1.- Tengo enfrente de mi el retrato de Mario Alberto Bayardo Hernández, el hombre que me secuestro durante cinco días. En este instante del 2 de febrero de 2004 vuelvo a mira el rostro de quien también me violo. Del hombre que forma parte de la infame lista de los diez mas buscados en México. Del hombre cuya fotografía ha sido colocada en algunos espectaculares de este Distrito Federal…6.-…O como aquellos gritos de adolescentes que duraron toda esa noche y que Chavo me explico: “Son dos morritas que traían un Jaguar, Ahorita las están violando. Pero no te angusties, le gustas al jefe y nadie te va a hacer daño. Salvo el, si se pone loco”…8.-…Que ellos solo plagian a mujeres y jóvenes…” http://archivo.eluniversal.com.mx/notas/280169.html  ;  https://marahrojas.wordpress.com/2016/03/13/cinco-dias-secuestrada-cinco-dias-de-infierno/

http://www.museodelaprensa.org.mx/salas/premios-al-periodismo/cronicaalmazan.php

http://www.clasesdeperiodismo.com/2014/07/08/alejandro-almazan-cuando-se-me-va-el-miedo-es-que-me-pongo-a-teclear/

https://escribido.wordpress.com/2008/10/18/cinco-dias-secuestrada-cinco-dias-de-infierno-autor-alejandro-almazan/

 

5.- Revista, “La Revista”, de la semana del 9 al 15 de agosto de 2004, en la portada se lee: “JUECES bajo sospecha. Los casos de quienes han protegido a secuestradores, según la Coparmex”; en al página 24 se lee: “…A principios de los noventa la historia delincuencial de Mario Alberto Bayardo Hernández era notable: había encabezado 40 robos calificados y al menos cuatro violaciones tumultuarias…En 1994 fue sentenciado a 40 años de prisión por el juez 53 de lo penal en el DF. Pero poco duro su estancia en la cárcel. El líder da la banda conocida como los Bayardo busco la protección de la justicia y presento una solicitud de amparo ante el Primer Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Penal, integrado entonces por los magistrados Carlos Enrique Rueda Ávila, German Tena Campero y Elvia Díaz de León…Y Bayardo lo consiguió. Estos tres jueces dictaminaron que la queja procedía y ordenaron su libertad, al resolver en su favor el amparo 201/94 y la queja 1/95…A la fecha, Bayardo sigue en libertad y la PGR tiene considerada su organización de secuestradores como una de las mas peligrosas del país…Y mientras alguien toma cartas en el asunto, mientras jueces y magistrados corruptos permiten estos cotos de impunidad, Bayardo sigue haciendo de las suyas…”

 

 

6.- Periódico “La Prensa”, de fecha 30 de marzo de 2005, en la página 29 se lee:”Capturan a lugarteniente de “Los Bayardo”; plagiaron a hermanas de Talía…La Subprocuraduria de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), continua investigando para lograr la captura de Mario Alberto Bayardo Hernández, líder de una organización criminal, quien ya estuvo preso hace 15 años en el Reclusorio Oriente del Distrito Federal, donde recluto a Juan Mendoza Miranda, el delincuente detenido ahora por la Procuraduría General de la República (PGR).”

 

7.- De lavacoches a zar del secuestro. “El Universal D.F”: En 1992, Bayardo ingresó por única vez a la cárcel, cuando era joven escolta del entonces subprocurador, Javier Coello Trejo, por involucrarse en un caso de violación tumultuaria que tuvo gran difusión mediática; a grado tal, que durante un programa televisivo, el propio indiciado —recuerda un experto del bufete— “confesó en forma tranquila sus delitos de violación”. http://archivo.eluniversal.com.mx/ciudad/91189.html

http://archivo.eluniversal.com.mx/notas/643383.html

 

8.- Detiene PGR a integrante de 'Los Bayardo’. Fuente: Noticieros TelevisaSegún la AFI, a finales de los ochentas, Bayardo Hernández, alias “El Jalisco”, se convirtió en madrina de un escolta del entonces subprocurador de la PGR, Javier Coello Trejo.

 

por: Iván González
Fuente: Noticieros Televisa

Captura AFI en Morelos a Juan Mendoza, segundo hombre en importancia dentro de la banda de secuestradores de 'Los Bayardo'; se le relaciona con 9 plagios
CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 29, 2005.-Elementos de la Agencia Federal de Investigación (AFI) capturaron en Yautepec, Morelos, a Juan Mendoza Miranda, identificado como el segundo hombre en importancia en la estructura criminal de la banda de secuestradores de "Los Bayardo".

Era el encargado de la planeación, logística, intercepción de víctimas y quien cobraba los rescates.

Se le relaciona con por lo menos nueve secuestros cometidos en el Distrito Federal y la zona conurbada del Estado de México, entre ellos el de las hermanas de la cantante Thalía, Laura Zapata y Ernestina Sodi, en septiembre del 2002.

Juan Mendoza logró escapar de los operativos implementados en enero y abril del 2003, en los que la AFI logró la captura de cinco miembros de la banda delictiva y el rescate de un empresario del ramo textil en Xochimilco, en el Distrito Federal.

La Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) continúa investigando para lograr la captura de Mario Alberto Bayardo Hernández, el líder de la organización criminal, quien ya estuvo preso hace 15 años en el Reclusorio Oriente del Distrito Federal, donde conoció y reclutó a Juan Mendoza Miranda, el delincuente detenido ahora por la Procuraduría General de la República (PGR).

Según la AFI, a finales de los ochentas, Bayardo Hernández, alias “El Jalisco”, se convirtió en madrina de un escolta del entonces subprocurador de la PGR, Javier Coello Trejo.

En enero de 1990 ingresó al Reclusorio Oriente, acusado de participar en una serie de violaciones ocurridas en el Sur de la ciudad de México. En 1992 un juez lo sentenció a 40 años de prisión por delitos contra la salud, privación ilegal de la libertad, robo, violación, asociación delictuosa y portación ilegal de arma de fuego.

Pero en 1999 un Tribunal Colegiado revocó su sentencia. “El Jalisco” fue absuelto de todos los delitos y recuperó su libertad. Entonces se dedicó a estructurar la banda de secuestradores de "Los Bayardo".

 

La PGR pide que a la ciudadanía que lo denuncie a los teléfonos 5346-2515 en el DF, y del resto del país, sin costo, al 01800-9000-234. 

 

9.- México amputado: Mario Alberto Bayardo, El torturador que también se enamora; leer “La Tarde-Nota Completa”. Hace unos 20 años, Mario Alberto Bayardo Hernández atendía un desvencijado lavado de autos en la esquina de las calles 499 y 414, en San Juan de Aragón, Distrito Federal. Hace 16 años ya le apodaban El Jalisco, era escolta del entonces subprocurador Javier Coello Trejo e ingresaba a la cárcel acusado de violación, privación ilegal de la libertad, robo, asociación delictuosa y portación de arma de fuego. Le echaron 40 años. http://www.m-x.com.mx/xml/pdf/132/24.pdf

 

También  se ha publicitado este asunto por otros medios de difusión como los electrónicos, llámese televisión, radio e Internet, donde se señala a Mario Alberto Ballardo Hernández como el líder de un banda de secuestradores y su fotografía ha sido publicada en anuncios espectaculares en diferentes partes de la ciudad y del país.

 

10.- Secuestradores de Mujeres y Menores de Edad

 

 

  por: Lourdes Davis (ldavis@mexico.com)

Boletín 247/03
México, D. F., a 2 de abril de 2003

DETIENEN A PRESUNTOS SECUESTRADORES DE MUJERES Y MENORES DE EDAD

Como resultado de las investigaciones encaminadas al combate al delito  de secuestro, efectivos de la Agencia Federal de Investigación localizaron una casa de seguridad ubicada en la colonia san Lorenzo La Cebada, Delegación Xochimilco y  liberaron a un empresario del ramo textil que permanecía secuestrado, por quien sus plagiarios exigían el pago de cinco millones de dólares.

En dicho inmueble fueron detenidos tres integrantes de la banda, quienes formaban parte de una célula encargada de la custodia de las víctimas, mismos que responden a los nombres de:

• José Ricardo Rodríguez Alcántara, de 32 años de edad, responsable de la custodia de la víctima que fue liberada por la Agencia Federal de Investigación.

• Casiano Marcos Ortiz Santiago, de 30 años de edad, cuñado de uno de los integrantes de la banda.

• Ana García Moreno de 23 años de edad, cuñada de José Ricardo Rodríguez Alcántara, presunta dueña de la casa de seguridad y esposa de otro integrante de la banda, con quien ha venido realizando esta actividad ilícita desde 1999.

Tomás Homero Pérez Sosa, detenido el 18 de enero del presente año en la Ciudad de México.

• Geraldyn Alberto Bayardo Rosales, detenido el 31 de enero del año en curso en la Ciudad de México, hijo de Mario Alberto Bayardo Hernández, jefe de la banda. (http://archivo.eluniversal.com.mx/notas/283969.html)

Con base en las investigaciones de gabinete y de campo, así como las primeras declaraciones de los detenidos, se ha logrado establecer que esta organización criminal es responsable de por lo menos ocho secuestros, perpetrados en contra de mujeres y menores de edad principalmente.

Hasta el momento se ha confirmado la participación de esta célula en cuatro casos de secuestro registrados entre 1999 y 2002 en la Ciudad de México, siendo estos los siguientes:

• Dos menores de edad secuestradas en febrero del 2001, por quienes exigían el pago de 10 millones de dólares por concepto de rescate.

• Un menor de edad, secuestrado en noviembre del 2001, por quien exigían el pago de tres millones de dólares por concepto de rescate.

• El hijo de empresario del ramo automotriz, secuestrado en julio del 2002, por quien exigían el pago de cinco millones de dólares por concepto de rescate.

• Empresario textil, secuestrado el 26 de noviembre del 2002 en la Ciudad de México, por quien exigían el pago de cinco millones de dólares por concepto de rescate.

Esta banda seleccionaba a sus víctimas entre menores de edad, hijos de empresarios de diferentes ramos, así como mujeres, de quienes previamente reunían información sobre sus propiedades y actividad económica, además de la de sus familiares.

Asimismo, acostumbraba interceptar a sus víctimas en la vía pública en los momentos en que se trasladaban a sus domicilios o centros de trabajo, amagándolos con armas de fuego y obligándolos a subir a vehículos con vidrios polarizados en los cuales eran transportados hasta las casas de seguridad.

Los periodos de cautiverio oscilaban entre los 15 y 35 días, liberando a sus víctimas cerca de las vías rápidas ubicadas en las zonas sur y norte de la Ciudad de México.

En este sentido, se han obtenido evidencias que confirman la identidad de por lo menos otros tres integrantes de la banda, entre ellos el jefe de dicha organización delictiva, así como de las células de intercepción y negociación, quienes responden a los siguientes nombres:

• Mario Alberto Bayardo Hernández, jefe de la banda, quien entre 1990 y 1999 estuvo preso en el reclusorio oriente de la Ciudad de México por los delitos de privación ilegal de la libertad, violación, robo, asociación delictuosa y portación de arma de fuego, bajo la causa penal 104/90, siendo sentenciado a 40 años de prisión, obteniendo su libertad luego de haber sido absuelto de la totalidad de los delitos que se imputaban.

Actualmente es propietario de algunos negocios de lavado de autosotros inmuebles tanto en el Distrito Federal como en el Estado de México, así como de microbuses destinados al transporte público.

• Jorge Israel Rodríguez Alcántara, esposo de Ana García Moreno y hermano de José Ricardo (ambos detenidos).

Juan Mendoza Miranda (a) “Juan Flores”, cuñado de Casiano Marcos Ortiz Santiago (detenido) y amigo de Mario Alberto Bayardo Hernández.

Como resultado del seguimiento de las investigaciones, se analizan indicios en los que se presume la participación de esta banda, en el secuestro de las hermanas Laura Zapata y Ernestina Sodi, por lo que continúan las investigaciones para confirmar su participación en estos hechos.

Estas personas actualmente se encuentran sustraídas de la acción de la justicia, por lo que ya son buscadas por la Procuraduría General de la República en coordinación con todas las Procuradurías Generales de Justicia de las entidades federativas, a través de la Unidad de Coordinación e Intercambio de Información Policial.

Nuevamente, la Procuraduría General de la República solicita a la ciudadanía su colaboración en el sentido de que si ha sido víctima de alguno de los detenidos o tiene datos acerca de los integrantes de la banda que se encuentran prófugos de la justicia, los denuncie al los teléfonos 5346-2515 y del interior de la República sin costo al 01-800-9000-234 y 01 800 8denuncia.
* * * * * Este boletín fue escrito por personal de la PGR de Mx***

Esta es la persona, que junto con otras, permitieron las autoridades que siguiera y siga delinquiendo impunemente en detrimento de la sociedad y principalmente de las mujeres, sus víctimas preferidas, en aras de motivos mezquinos como la lucha del poder político y gansteril. Esto es lo verdaderamente grave.

 



[1] Estos policías judiciales  fueron objeto de la recomendación 12/92, hecha a la PGJDF, emitida el 3 de febrero 1992, suscrita por Jorge Carpizo, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en la cual se recomienda: “PRIMERA.- Que se sirva ordenar a quien corresponda se imprima celeridad a la integración de la Averiguación Previa número 50a/ACI/083/90-02 iniciada el 2 de febrero de 1991 con motivo de la denuncia de hechos presentada por Lauro…atribuidos a servidores públicos de esa Institución a su digno cargo, algunos de los cuales ya han sido identificados por los propios denunciantes y testigos como elementos de la Policía Judicial, incluidos mandos medios de esa corporación adscritos a la Delegación Tlalpan, Distrito Federal, entre otros los comandantes José Valdemar Escalona y José Manuel Jaime Hernández y el Subdelegado de la misma policía, señor Salvador Márquez T. bajo cuyo mando se encontraban el Jefe de Grupo Julio Tiburcio Barajas, el agente Francisco Javier Arias y otros que detuvieron a parientes de los denunciantes y a otras persona ajenas a ellos, haciendo violencia en su agravio y a las cuales después de extorsionarlos, dejaron en libertad porque a su juicio no tenían relación con los hechos en que perdió la vida el señor Raúl V.G., sustituyéndose a la autoridad del Ministerio Público. SEGUNDA.- Que igualmente disponga se investiguen las responsabilidades…por la negligencia con que se condujeron en el trámite de la Averiguación Previa comentada en esta Recomendación, negligencia traducida en la prolongada detención de la señora María Alicia S.C., procedimiento que inhibe y atemoriza a quien lo sufre y no siempre conduce a obtener de la declaración o interrogatorio la verdad histórica.”

[2] Mario Alberto Ballardo Hernández, refiere en su declaración ministerial que tiene su domicilio en la calle Benito Juárez , manzana 13, lote 3, colonia Isidro Fabela, delegación Tlalpan.                                                                                                                                                         

[3] Mario Alberto Ballardo Hernández, en su declaración ministerial declaró: “…el de la voz conoció hace aproximadamente dos años al que responde al nombre de ADALBERTO SORIANO GARAY, al cual conoció ya que el de la voz es chofer de una combi y Adalberto se subió a la misma solicitándole lo llevara al Sector Tlalpan…”

[4] En el Diario Oficial del lunes 30 de agosto de 2010, la PGR en su ACUERDO SEGUNDO, ofrece una recompensa  de $15 000 000.00 quince millones de pesos 00/1000 M.N., a quien o quienes proporcionen información veraz y útil para la localización, detención o aprehensión de Mario Alberto Bayardo Hernández, alias “el Jalisco”

 

MARIO ALBERTO BAYARDO HERNÁNDEZ

 

 

 

FICHA

 

Nombre:        Mario Alberto Bayardo Hernández

 

Estatus:          Probable Responsable

 

Monto de Recompensa:       $ 15,000,000

 

Acuerdo:        A/205/10

 

Zona de Operación:  Distrito Federal.

 

Alias:  El Jalisco.

 

Seudónimo:  

 

Organización Delictiva: Los Bayardo.

 

Delitos: Delincuencia organizada, violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y privación ilegal de la libertad, en la modalidad de secuestro.

 

Descripción de su actividad delictiva: Es el líder de la banda, dedicada al secuestro, Los Bayardo.

 
De esta organización las autoridades sólo buscan a su líder Mario Alberto Bayardo Hernández quien se presume sigue operando y por tanto es uno de los personajes por quienes se ofrecen 15 millones. (ANIMAL POLÍTICO  martes, 23 de julio del 2013)